Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 20 de Mayo de 2022, expediente FPO 021000457/2001/2/CA001

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación .

CAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA CIVIL

21000457/2001/CA Incidente Nº 2 - ACTOR: B.M. DEMANDADO: BANCO NACION ARGENTINA s/INC

EJECUCION DE SENTENCIA

sadas, mayo 20 de 2022.-

Y VISTOS:

1) Que, del estudio de autos se aprecia que la parte actora inicia ejecución de sentencia y realiza planilla de liquidación.

En virtud de ello y en fecha 18 de noviembre de 2021 el juez a quo resolvió, en lo que aquí interesa, “…RECHAZAR LA PLANILLA de liquidación de los Bonos Serie I y II, presentada por la parte actora y APROBAR LA PLANILLA

de liquidación en la suma de pesos doscientos sesenta y seis mil setecientos setenta y seis con sesenta y un ctvs ($266.776,61.-), conformado por el valor determinado de los Bonos Serie I y II reclamados, más los intereses devengados, conforme la reformulación realizada.”

2) Que, la parte actora no conforme con lo decidido apela dicha USO OFICIAL

resolución, solicita se la revoque y que se apruebe la planilla presentada oportunamente por su parte, por la suma de $3.521.420,37 al 31/03/2021 con más los intereses debidos hasta su efectivo pago, costas y gastos de la presente ejecución.

Expresa en su escrito que ante el incumplimiento de la Entidad Bancaria, la liquidación la practicó conforme el art. 12 de la ley 23.982, el que dispone que el interés devengado de las deudas consolidadas en dólares estadounidenses debe ser calculado conforme la tasa LIBOR. Así, de su aplicación anual surge que la deuda al 02/02/2002 es de U$S 7.344,82 por los bonos serie I y U$S 3048,23 por los Bonos serie II.

También, detalló que, teniendo en cuentas el decreto 471/02, la deuda se pesificó a partir del 02/02/2002 al valor de U$S1 por $1.4, por lo que procedió a aplicar el CER y la tasa anual de 2 % -establecido por el mencionado decreto de pesificación- hasta la fecha de liquidación, porque así fue dispuesto en la sentencia,

lo cual arrojó, según su criterio, una deuda de $357.716,23 por los Bonos Serie I y $

Fecha de firma: 20/05/2022 148.458,55 por los bonos serie II, a la fecha de la sentencia de liquidación.

Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.T. DE SKANATA, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: DRA. V.S.Z.I., Secretaria Civil de Cámara #35465120#324733105#20220520092238416

Finalmente, adiciona en su liquidación la tasa de interés utilizada por el Banco Central de la República Argentina Pasiva Promedio desde el 19/02/2009

hasta la fecha...

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