Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 25 de Febrero de 2021, expediente FSA 024746/2017/17

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

FSA 24746/2017/17

Salta, 25 de febrero de 2021.

VISTO:

Este expediente n° 24746/2017/17 caratulado “Incidente de nulidad de H., M.L. por infracción ley 24.769”, originario del Juzgado Federal de Salta n° 1.

RESULTANDO:

1) Que la defensa de M.L.H. interpuso recurso de casación en contra del decisorio de este Tribunal por el que se confirmó el rechazo de la nulidad de las intervenciones telefónicas ordenadas en la causa.

Sostiene respecto a su admisibilidad que el fallo de esta S. constituye una sentencia equiparable a definitiva en tanto causa un agravio de insusceptible o imposible reparación ulterior, pues los diálogos obtenidos a partir de las intervenciones telefónicas cuestionadas fueron “esenciales y definitivos”, según el instructor, para dictar el procesamiento de H.; agregando que esta es la última instancia que tiene su asistido para cuestionar esta prueba.

Asimila este incidente al resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “P., el que se trató de una denegatoria de suspensión de juicio a prueba y donde se consideró

que el tenor de lo decidido era equiparable a sentencia definitiva.

En cuanto al fondo, alega que este Tribunal no observó las normas legales aplicables al caso, como la Acordada n° 17/19

de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los artículos 234 y 236 del Código Procesal Penal de la Nación y 150 y 153 del Código Procesal Penal Federal, en tanto soslayó analizar las decisiones que autorizaron las Fecha de firma: 25/02/2021

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.G.D., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA

intervenciones telefónicas bajo parámetros objetivos y restrictivos,

estableciendo un criterio arbitrario basado en la “razonabilidad” de la medida que resulta incompatible con las leyes que rigen la materia.

Por lo demás, plantea la nulidad del voto del juez S.F. por entender que su intervención en la presente es ilegal a la luz de la doctrina del fallo “B.” dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

2) Que el 11/2/21 presenta un escrito solicitando que a los fines de la admisibilidad del recurso de casación, este Tribunal tenga presente lo decidido por la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal en cuanto puso en vigencia los artículos 366, 367, 368, 370 y 375 de ese cuerpo adjetivo en causas que tramitan por el Código Procesal Penal de la Nación;

afirmando que el art. 366 inc. “b” permite que se revise una sentencia firme cuando ésta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR