Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 8 de Marzo de 2023, expediente FSM 019093/2021/16/CA003

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

Causa N° 19093/2021/16/CA3, C.: “Incidente Nº 16 - IMPUTADO: SABATELLI, MARIANO

ALBERTO s/INCIDENTE DE CESE DE PRISION

PREVENTIVA”, del Juzgado Federal en lo Criminal y correccional de M.N.° 3, Secretaria Nº 11.

Registro de Cámara: 10.600

M., 8 de marzo de 2023.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llega la presente incidencia a estudio de este Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial de M.A.S., contra el auto que no hizo lugar al cese de la medida de coerción personal ni de alguna otra peticionada en forma subsidiaria (arts. 316 y 319 del C.P.P.N y artículos 210, 221 y 222 del C.P.P.F.).

  2. La defensa, en lo sustancial, cuestionó el dictado de la prisión preventiva, sosteniendo la inexistencia de riesgos objetivos a neutralizar y tildó de arbitraria, por falta de fundamentación, la resolución atacada.

    En tal sentido, solicitó la aplicación al caso de alguna de las medidas alternativas previstas por el código adjetivo.

    Por último, cuestionó la situación de detención de su pupilo en una comisaría, por entenderlo violatorio de los estándares convencionales y constitucionales respecto de las personas privadas de libertad.

  3. Sentado lo expuesto, corresponde recordar que M.A.S. se encuentra detenido en virtud de haberse dispuesto su procesamiento por considerarlo prima facie responsable del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, en su modalidad de tenencia con fines de comercialización agravado por haberse llevado adelante de manera organizada por un grupo integrado por más de tres personas (artículo 5º, inc. “c” y artículo 11º, inc. “c” de la Ley 23.737), decisorio confirmado en el día de la fecha por esta Alzada (FSM

    -1-

    Fecha de firma: 08/03/2023

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.J.A., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

    Causa N° 19093/2021/16/CA3, C.: “Incidente Nº 16 - IMPUTADO: SABATELLI, MARIANO

    ALBERTO s/INCIDENTE DE CESE DE PRISION

    PREVENTIVA”, del Juzgado Federal en lo Criminal y correccional de M.N.° 3, Secretaria Nº 11.

    Registro de Cámara: 10.600

    19093/2021/18/CA2 de la Secretaria Penal Nro. 3, registro 10.597).

    En cuanto a la inexistencia de riesgos procesales sobre los que hace referencia la parte, debe recordarse que el delito por el cual fue procesado S. prevé una pena privativa de libertad que lo ubica por fuera de las hipótesis para acceder a su pretensión, de conformidad al artículo 317, inciso 1, en función del artículo 316,

    segundo párrafo, del C.P.P.N.

    Considerando esas pautas procesales,

    conjuntamente con los parámetros previstos en los artículos 319 del CPPN, 221 y 222 del CPPF y lo fijado en el plenario “D.B., R.G. s/ recurso de casación”

    (Acuerdo N° 1/2008, Plenario N° 13, de la entonces Cámara Nacional de Casación Penal, en la causa N° 7480 del registro de la Sala II del Cuerpo, resuelta el 30/10/2008),

    se determina que, en el caso concreto, median los riesgos procesales de peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación.

    En efecto, se advierte una expectativa de pena grave, con imposibilidad de condenación condicional (artículo 26 del CP), sin que el alcance de la amenaza de la sanción se haya visto disminuida, teniendo en cuenta el tiempo de detención preventiva que viene cumpliendo hasta el momento el imputado (artículo 221, inciso b, del CPPF).

    Existe, entonces, una conminación de que se aplique una penalidad privativa de su libertad de cumplimiento efectivo y de prolongada duración, como presupuesto relevante para graduar el riesgo de fuga (CFCP,

    S. IV, “Acuña, C., registro 1433/16, causa 52000970,

    resuelta el 8/11/2016).

    -2-

    Fecha de firma: 08/03/2023

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.J.A., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

    Causa N° 19093/2021/16/CA3, C.: “Incidente Nº 16 - IMPUTADO: SABATELLI, MARIANO

    ALBERTO s/INCIDENTE DE CESE DE PRISION

    PREVENTIVA”, del Juzgado Federal en lo Criminal y correccional de M.N.° 3, Secretaria Nº 11.

    Registro de Cámara: 10.600

    Asimismo, debe ponderarse la naturaleza del ilícito por el cual fue sujeto al proceso, cuyo bien jurídico colectivo tutelado trasciende el orden particular (Secretaría Penal N° 1, FSM 153078/2018/8/CA2 (13.546),

    ., J.A. s/incidente de excarcelación

    ,

    registro de Cámara N° 12.310, resuelta el 7/1/2020), el cual el Estado se comprometió a investigar, perseguir y sancionar (CFCP, S. I, “Heisenger”, 457/16, 7650, resuelta el 30/3/2016; y esta Sala, Secretaría Penal N° 1,...

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