Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5, 31 de Enero de 2017, expediente FSM 000078/2014/TO01/10

Fecha de Resolución31 de Enero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 78/2014/TO1/10 -M., 31 de enero de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente expte. FSM 78/2014/TO1/10 del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de San Martín sobre la solicitud de excarcelación formulada por el defensor público oficial en favor de R.M..

Y CONSIDERANDO:

El asistente técnico solicitó a fs.

88/vta. se le conceda a R.M. la excarcelación en términos del art. 317 inc. 5° del C.P.P.N, argumentando que en virtud de los estudios cursados por su defendido que se informaran con posterioridad al rechazo de su anterior pedido liberatorio, la fecha de soltura debía anticiparse según lo establecido por el art. 140 de la ley 24.660.

En oportunidad de contestar la vista que le fuera conferida el fiscal general advirtió una contradicción entre los informes remitidos a fs.

77/85 por la autoridad penitenciaria y posteriormente a fs. 123 en lo relativo a los cursos de informática, filosofía y gramática, solicitando por ello se requiera aclaración al respecto y se le corra nueva vista.

RESULTA:

Procede repasar que con fecha 29 de junio de 2016 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3 de S.M. resolvió condenar a R.M. a la pena de 5 años y 8 meses de prisión, con accesorias legales y multa de ocho mil pesos por Fecha de firma: 31/01/2017 Firmado por: D.A.C., J. Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: C.T., SECRETARIA #28947100#170678762#20170131153444758 considerarlo coautor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (arts. 5° inc. “c” de la ley 23.737).

Contra dicho pronunciamiento la defensa presentó recurso de casación, que fue concedido a fs. 766/7 vta. del principal. No surge del Sistema de Gestión Integral de Expedientes Judiciales (Lex 100) que la Cámara Federal de Casación Penal se haya expedido sobre el punto.

Que con fecha 24 de noviembre de 2016 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de San Martín resolvió rechazar el anterior planteo excarcelatorio formulado por la defensa en favor del encausado por aplicación del art. 140 de la ley 24.660. En la oportunidad valoró que los estudios cursados por M. en detención implicaban una reducción de tres meses en el avance en la progresividad penitenciaria, por lo que a su entender el requisito temporal necesario para alcanzar la libertad postulada no se encontraba cumplido.

Que M. se encuentra detenido desde el 10 de...

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