Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 21 de Agosto de 2019, expediente FRE 010800/2018/1/CA001

Fecha de Resolución21 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

Resistencia, a los veintidos días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.

Y VISTO:

El presente expediente registro Nº FRE 10800/2018/1/CA1, caratulado: “Incidente

de Entrega de Bienes Registrables en autos: P., E.R. p/ Contrabando de

estupefacientes art. 866, párrafo código aduanero”, proveniente del Juzgado Federal de

Resistencia Nº 1 y; CONSIDERANDO:

  1. Que vienen los autos a conocimiento de esta Alzada en virtud del recurso de

    apelación interpuesto contra el auto interlocutorio de fecha 20 de mayo de 2019 (fs. 31 vta.)

    en el que se dispuso no hacer lugar a la restitución del vehículo marca Ford modelo Ranger

    DC 4x4 dominio OYK 999 peticionada por E.R.P. con el patrocinio de la Dra.

    M.G..

  2. Que luego de analizar las constancias obrantes la jueza “a quo” entendió que

    no corresponde restituir el vehículo oportunamente secuestrado. Para así decidir sostuvo

    que aún restan medidas por producir por lo que consideró –en consonancia con el F.

    General que no correspondía hacer lugar a la restitución.

    Consideró también al decidir, lo afirmado por el Sr. F. respecto a que el

    imputado V.M. quien resultó beneficiado con falta de mérito en la presente causa

    y la aquí peticionante se encontrarían detenido en el marco de otra causa de narcotráfico.

  3. Que a fs. 32 la incidentista, con patrocinio letrado de la Dra. G., dedujo

    recurso de apelación agraviándose por entender que la Juzgadora realiza una errónea

    interpretación al denegar la entrega del rodado de su propiedad resaltando que no se

    encuentra imputada en autos. En ese sentido, afirma que se halla acreditada la titularidad

    del vehículo mediante el informe del registro de Propiedad del Automotor, a su vez se

    agravia al sostener que, si bien faltan medidas por producir V.M. –imputado en los

    autos principales se encuentra con falta de mérito dictada a su favor (fs. 133/135 del

    E.. principal).

    Solicita –por último la devolución del rodado alegando que la tenencia del bien en

    carácter de depositaria judicial no entorpecería la investigación.

  4. Que concedido el recurso intentado a fs. 33, se radican las actuaciones ante

    esta Alzada y a fs. 39 se agrega el escrito presentado por el Sr. F. General, Dr. Federico

    M. Carniel, manifestando su no adhesión al mismo.

    Continuando con el trámite de las actuaciones se decreta la modalidad oral

    para la realización de la audiencia de ley (art. 454 CPPN Ley 26.374), motivo por el cual

    se ordena el sorteo público pertinente a los fines de integrar el Tribunal (fs. 40). Del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR