Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 24 de Octubre de 2023, expediente FLP 050488/2017/TO01/173/1

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

FLP 50488/2017/TO1/173/1

REGISTRO NRO. 1448/23.4

Buenos Aires, 24 de octubre de 2023.

AUTOS Y VISTOS:

Se integra esta Sala IV por los doctores G.M.H. -como P.-, J.C. y M.H.B., con el objeto de dictar sentencia en la presente causa FLP 50488/2017/

TO1/173/1 acerca de la admisibilidad de los recursos extraordinarios interpuestos por la defensa particu-

lar de M.S.A., por la defensa particu-

lar de J.O.P., y por la Defensa Pú-

blica Oficial asistiendo a M.E.B.-

danoff, F.S.A., P.G.M.-

groni, R.G.N., L.F.B.,

M.C.B., C.D.S., N.-

lia S.M. y A.D.M., contra la re-

solución (Reg. Nro. 1237/23.4) mediante la cual esta Sala IV resolvió: “

  1. RECHAZAR el recurso de ca-

    sación interpuesto por la defensa particular de Jo-

    nathan O.P. … por mayoría sin costas en la instancia (arts. 530 y cc. del C.P.P.N.).

  2. Por mayoría, RECHAZAR los recursos de casación inter-

    puestos por la defensa pública oficial en represen-

    tación de M.E.B., Pablo Ga-

    briel Mingroni, R.G.N., L. Fa-

    bián B., F.S.A., C. Da-

    mián S., M.C.B., N.S.F. de firma: 24/10/2023

    Alta en sistema: 25/10/2023

    Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

    M. y A.D.M., y el de la defensa parti-

    cular de M.S.A., sin costas en la ins-

    tancia (arts. 530 y cc. del C.P.P.N.)…”.

    Dichas impugnaciones habían sido inter-

    puestas contra la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata que, con fecha 9

    de mayo del 2022, resolvió: “… 6) CONDENAR a JONA-

    THAN OMAR PALOMEQUE, de las demás condiciones perso-

    nales obrantes en el exordio, a la pena de VEINTI-

    CINCO (25) AÑOS DE PRISIÓN, al PAGO DEL MÁXIMO DE LA

    MULTA ESTABLECIDA POR LA LEY 23737 ―texto según ley 27302―, accesorias legales y las costas del proceso,

    por resultar coautor del delito de asociación ilíci-

    ta en calidad de jefe; en concurso real con el deli-

    to de tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas de manera organizada; en concur-

    so real con el delito de homicidio agravado por el empleo de arma de fuego, cometido en perjuicio de R.D.O.; en concurso real con el deli-

    to de tentativa de homicidio agravado por el empleo de arma de fuego que tuvo como víctimas a L.M.G. y a O.B.G.; en con-

    curso real con el delito de amenazas coactivas agra-

    vadas por el uso de arma de fuego perpetradas en perjuicio de M.L.G. (artículos 12, 29

    inc. 3°, 40, 41, 41 bis, 42, 45, 55, 79, 149 bis,

    segundo párrafo, en función del 149 ter, inc. 1° y 210 del Código Penal, 5°, inc. “c” y 11, inc. “c” de la ley 23737 ―texto según ley 27302― y 531 del Códi-

    go Procesal Penal de la Nación). Firme que sea, fór-

    Fecha de firma: 24/10/2023

    Alta en sistema: 25/10/2023

    Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

    FLP 50488/2017/TO1/173/1

    mese incidente y córrase vista a las partes en los términos del art. 58 del Código Penal… 9) CONDENAR a C.D.S., de las demás condiciones per-

    sonales obrantes en el exordio, a la pena de CATORCE

    (14) AÑOS DE PRISIÓN, al PAGO DEL MÁXIMO DE LA MULTA

    ESTABLECIDA POR LA LEY 23737 ―texto según ley 27302―, accesorias legales y las costas del proceso,

    por resultar coautor penalmente responsable del de-

    lito de asociación ilícita en calidad de organiza-

    dor; en concurso real con el delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercialización,

    agravado por la intervención de tres o más personas de manera organizada (artículos 12, 29 inc. 3°, 40,

    41, 45, 55 y 210 del Código Penal, 5°, inc. “c” y 11, inc. “c” de la ley 23737 ―texto según ley 27302―

    y 531 del Código Procesal Penal de la Nación). 10)

    CONDENAR a C.D.S. a la PENA ÚNICA de DIECISEIS (16) AÑOS DE PRISIÓN, al PAGO DEL MÁXIMO

    DE LA MULTA ESTABLECIDA POR LA LEY 23737 ―texto se-

    gún ley 27302―, accesorias legales y las costas del proceso, comprensiva de la pena dictada en el punto que antecede y de la pena de tres (3) años de ejecu-

    ción condicional, cuya condicionalidad aquí se revo-

    ca, impuesta el 21/12/2012 por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 de Lomas de Zamora, en el marco de la causa 017011- 12, por resultar coautor del delito de robo calificado por su comisión en lugar poblado y en banda y por el empleo de arma de fuego cuya ap-

    titud para el disparo no puede tenerse por acredita-

    da (artículos 12, 29 inc. 3°, 40, 41 y 58 del Código Penal y 531 del Código Procesal Penal de la Nación).

    Fecha de firma: 24/10/2023

    Alta en sistema: 25/10/2023

    Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

    11) CONDENAR a ALAN DANTE MORENO, de las demás con-

    diciones personales obrantes en el exordio, a la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, al PAGO DEL MÁXI-

    MO DE LA MULTA ESTABLECIDA POR LA LEY 23737 ―texto según ley 27302―, accesorias legales y las costas del proceso, por resultar coautor penalmente respon-

    sable del delito de asociación ilícita en calidad de organizador; en concurso real con el delito de trá-

    fico de estupefacientes en su modalidad de comercia-

    lización, agravado por la intervención de tres o más personas de manera organizada (artículos 12, 29 inc.

    1. , 40, 41, 45, 55 y 210 del Código Penal, 5°, inc.

    c

    y 11, inc. “c” de la ley 23737 ―texto según ley 27302― y 531 del Código Procesal Penal de la Na-

    ción). (...) 13) CONDENAR a N.S.M., de las demás condiciones personales obrantes en el exordio, a la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, al PAGO DEL MÁXIMO DE LA MULTA ESTABLECIDA POR LA LEY

    23737 ―texto según ley 27302―, accesorias legales y las costas del proceso, por resultar coautora penal-

    mente responsable del delito de asociación ilícita en calidad de organizadora; en concurso real con el delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas de manera organizada (artículos 12, 29 inc. 3°, 40, 41, 45, 55 y 210 del Código Pe-

    nal, 5°, inc. “c” y 11, inc. “c” de la ley 23737

    ―texto según ley 27302― y 531 del Código Procesal Penal de la Nación). (...) 15)CONDENAR a FRANCO SE-

    B.A., de las demás condiciones personales obrantes en el exordio, a la pena de NUEVE (9) AÑOS

    Fecha de firma: 24/10/2023

    Alta en sistema: 25/10/2023

    Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

    FLP 50488/2017/TO1/173/1

    DE PRISIÓN, al PAGO DE LA MITAD DEL MÁXIMO DE LA

    MULTA ESTABLECIDA POR LA LEY 23737 ―texto según ley 27302―, accesorias legales y las costas del proceso,

    por resultar coautor del delito de asociación ilíci-

    ta en calidad de miembro; en concurso real con el delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas de manera organizada; en concur-

    so real con el delito de tenencia de arma de guerra sin la debida autorización legal ―un arma―, este úl-

    timo en calidad de autor (artículos 12, 29 inc. 3°,

    40, 41, 45, 55, 189 bis inc. 2°, párrafo 2° y 210

    del Código Penal, 5°, inc. “c” y 11, inc. “c” de la ley 23737 ―texto según ley 27302― y 531 del Código Procesal Penal de la Nación). 16)CONDENAR a FRANCO

    SEBASTIÁN ANDRADA a la PENA ÚNICA de NUEVE (9) AÑOS

    Y TRES (3) MESES DE PRISIÓN, al PAGO DE LA MITAD DEL

    MÁXIMO DE LA MULTA ESTABLECIDA POR LA LEY 23737

    ―texto según ley 27302―, accesorias legales y las costas del proceso, comprensiva de la pena dictada en el punto que antecede y de la pena de seis (6)

    meses de prisión en suspenso y multa, cuya condicio-

    nalidad aquí se revoca, que le fue impuesta el 04/08/2016 por el Juzgado de Garantías N° 2 de Lomas de Z., por resultar autor del delito de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil (artículos 12,

    29 inc. 3°, 40, 41, 58 del Código Penal y 531 del Código Procesal Penal de la Nación). 17) CONDENAR a M.E.B., de las demás condi-

    ciones personales obrantes en el exordio, a la pena de SIETE (7) AÑOS DE PRISIÓN, al PAGO DE LA MITAD

    Fecha de firma: 24/10/2023

    Alta en sistema: 25/10/2023

    Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

    DEL MÁXIMO DE LA MULTA ESTABLECIDA POR LA LEY 23737

    ―texto según ley 27302―, accesorias legales y las costas del proceso, por resultar coautor del delito de asociación ilícita en calidad de miembro; en con-

    curso real con el delito de tráfico de estupefacien-

    tes en su modalidad de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas de manera organizada (artículos 12, 29 inc. 3°, 40, 41, 45, 55

    y 210 del Código Penal, 5°, inc. “c” y 11, inc. “c”

    de la ley 23737 ―texto según ley 27302― y 531 del Código Procesal Penal de la Nación). 18)CONDENAR a R.G.N., de las demás condiciones personales obrantes en el exordio, a la pena de SIE-

    TE (7) AÑOS DE PRISIÓN, al PAGO DE LA MITAD DEL MÁ-

    XIMO DE LA MULTA ESTABLECIDA POR LA LEY 23737 ―texto según ley 27302―, accesorias legales y las costas del proceso, por resultar coautor del delito de aso-

    ciación ilícita en calidad de miembro; en concurso real con el delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas de manera orga-

    nizada...

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