Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 15 de Febrero de 2019, expediente FMZ 062877/2018/1/CA002

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 62877/2018/1/CA2 ACTA AUDIENCIA ART. 454 C.P.P.N.

En la Ciudad de Mendoza, a los quince días del mes de febrero de dos mil diecinueve, siendo las nueve treinta y tres horas, se constituye el Tribunal, integrado por los señores Jueces Dres.

J.I.P.C., en ejercicio de la presidencia y M.A.P., integrando el Tribunal el Sr. Vocal de la Sala “B”, Dr. G.E.C. de Dios -quien fuera designado por Acordada N° 9817 del 05/12/2018-contando además con la presencia de la Sra. Secretaria ad hoc Dra.

S.O., a fin de celebrar la audiencia prevista en el art.

454, en función del art. 465 bis, del Código Procesal Penal de la Nación, en el marco de los autos Nº FMZ 62877/2018/1/CA2: Caratulado: “Incidente de Excarcelación en autos BUEL ESCUDERO, SANTIAGO NICOLAS p/Infracción Ley 23.737 (Art. 5 Inc. C)”. La audiencia está

siendo filmada; el registro audiovisual forma parte integrante de la presente actuación y queda a disposición de las partes en Secretaría. Asimismo, se encuentran presentes los Dres. L.O.T. y P.N.A. por la defensa de S.N.B.E., y en representación del Ministerio Público Fiscal, los Dres. J.M.G. y G.J.. Abierto el acto, se concede la palabra a la parte recurrente Dr. Torres, quien, por los argumentos que expone, solicita se revoque el resolutivo del juez a quo y se otorgue la excarcelación a su asistido, bajo las condiciones que se estime corresponder por los motivos que expone. Seguidamente, interviene el D.G., quien dictamina de forma negativa a la concesión del beneficio peticionado por los motivos que expresa citando jurisprudencia de esta Cámara Federal de Apelaciones (autos Nº FMZ 64654/2018/1/CA1 “Fajardo”).

Seguidamente, el Sr. Vocal, Dr. C. de Dios, pregunta al Representante del Ministerio Público Fiscal de donde surge Fecha de firma: 15/02/2019 Firmado por: G.E.C. DE DIOS, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.O., SECRETARIA FEDERAL AD HOC #32907287#226994952#20190215132617500 que el imputado no vive con sus padres, porque advierte discordancia con la encuesta ambiental practicada y contenida en el Legajo de Identidad Personal que tiene a la vista, a lo que el Sr. Fiscal ad hoc responde que ese dato figura en el dictamen del fiscal de instrucción.A continuación, el Tribunal se retira a deliberar en presencia de la actuaria (arts. 396 y 455 CPPN). Constituido el tribunal nuevamente en la sala de...

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