Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 13 de Abril de 2018, expediente FRO 017288/2014/TO01/22/1

Fecha de Resolución13 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE 17288/2014 RESOLUCIÓN N° 79 /18.-

SANTA FE, 13 de abril de 2.018.-

AUTOS Y VISTOS: estos caratulados “CALDERÓN, CARINA s/ Libertad Condicional”, -incidente FRO-

17288/2014/TO1/22/1- de los registros de esta Secretaría del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, de los que CONSIDERANDO:

Primero

Que el Dr. A., defensor público oficial, en representación de su pupila C., quien cumple prisión domiciliaria, solicita se le conceda el beneficio de la libertad condicional a su favor (fs. 1 y vta.).

La nombrada fue condenada en la causa N° FRO 17288/2014/TO1, caratulada “DÍAZ, M.S. Y OTROS s/

Infracción Ley N° 23.737 (art. 5°, Inc. c) de la)", fue condenada mediante Sentencia N° 92/17 de fecha 28 de septiembre de 2.017, como autora responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5° inc. c)

de la Ley N° 23.737 y art. 45 del C.P.) a la pena de cuatro (04)

años de prisión, y a pagar en concepto de multa la suma de cuatro mil pesos ($ 4.000.-), monto conf. Ley 23.975, la que deberá ser abonada dentro del término previsto en el art. 501 del CPPN, ajo apercibimientos de ley, con mas las accesorias del art. 12 del C.P.

Que mediante resolución de fecha de fecha 2 de noviembre de 2015, dictada por el Juzgado Federal N° 1 de esta ciudad, obrante a fs. 27/29 del incidente caratulado: “INCIDENTE DE PRISIÓN DOMICILIARIA DE CALDERÓN, CARINA”-FRO 17288/2014/TO1/1, agregado por cuerda al presente, se concedió a la nombrada el beneficio de la detención Fecha de firma: 13/04/2018 domiciliaria (art. 32 y Alta en sistema: 21/04/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.V., SECRETARIO DE EJECUCION PENAL #31316905#203366033#20180413101859229 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE 17288/2014 33 de la Ley 24.660 –según reforma introducida por Ley 26.472-

estableciéndose que la tuición de la referida condenada será

ejercida por la Sra. N.C., hermana de la mencionada, fijando como domicilio para el cumplimiento de la medida la finca sita en calle J.R.M.N.°6200 de esta ciudad.

La pena impuesta a la nombrada C., vence el 06/08/2019. A los efectos de la Ley 24.660, el requisito temporal (art. 13 del C.P.) para acceder a la libertad condicional, se cumplió el 06 de de abril de 2018.

Asimismo, no existe en...

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