Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 27 de Junio de 2019, expediente FMZ 006980/2019/1/CA002
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 6980/2019/1/CA2 Mendoza, 27 de junio de 2019.
VISTOS:
Los presentes autos Nº FMZ 6980/2019/2/CA1 –
6980/2019/1/CA2 caratulados “Legajo de Apelación en autos RICHARD
QUIROGA, P.E. p/ Infracción Ley 23.737 (Art. 5 Inc.
C)” – “Incidente de Excarcelación en autos R.Q.,
P.E. p/ Infracción Ley 23.737 (Art. 5 Inc. C)”, venidos
a esta S. “A” en virtud del recurso de apelación impetrado por la defensa a
fs. sub 09/12 y sub 26/29 vta. contra la resolución obrante a fs. sub 01/08 vta.
y fs. sub 17/25 respectivamente.
Y CONSIDERANDO:
-
Elevado el expediente a esta Alzada, el día y hora fijados,
concurren a la audiencia oral que prevé el art 454 del CPPN, la Defensora
Oficial ad hoc, Dra. C.F., por la parte recurrente, y la Sr. Fiscal
ad hoc, Dr. J.M.G., quien lo hace acompañado de la Sra.
F.V.. En dicho acto las partes proceden a informar el recurso
oportunamente interpuesto.
Al momento del resolver, este Tribunal dispuso: 1º) NO HACER
LUGAR al recurso de apelación interpuesto por la defensa del encartado
P.E.R.Q. a fs. sub 09/12 de los autos Nº
FMZ 6980/2019/2/CA1 caratulados: “LEGAJO DE APELACIÓN de
R.Q., P.E. por INFRACCIÓN LEY
23.737” y, en consecuencia, CONFIRMAR la resolución del Sr. Juez de
Primera Instancia obrante a fs. sub 01/08 vta. en cuanto fue motivo de
apelación y agravio. 2º) NO HACER LUGAR al recurso de apelación
interpuesto por la defensa del encartado Pompeyo Enrique RICHARD
QUIROGA a fs. sub 26/29 vta. de los autos Nº FMZ 6980/2019/1/CA2
caratulados: “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN de RICHARD
QUIROGA, P.E. por INFRACCIÓN LEY 23.737” y, en
consecuencia, CONFIRMAR la resolución del Sr. Juez de Primera Instancia
obrante a fs. sub 17/25 en cuanto rechazó el pedido excarcelatorio.
Fecha de firma: 27/06/2019 Alta en sistema: 22/07/2019 Firmado por: J.I.P.C. Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.R.P., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: R.H.M., SECRETARIO DE CAMARA #33290313#238182997#20190626133202875
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Analizados los argumentos esgrimidos tanto por la defensa
como por el representante del Ministerio Público Fiscal, este Tribunal entiende
que frente a los elementos de cargo que han sido recabados en esta instancia
procesal permiten sostener prima facie la conducta atribuida a R.
Quiroga.
Al respecto debe tenerse en cuenta que los presentes obrados se
originan con el sumario de Prevención Nro. 07/19, instruido por la Sección (+)
San Rafael de Gendarmería Nacional, del cual resulta que en fecha 14 de
marzo del corriente año, y mientras la Patrulla Fija “Monte Coman” de
Gendarmería Nacional realizaba operativo público de prevención en Ruta
Nacional 146 (km. 339), procedió a la hora 23:15 a efectuar un control sobre
el transporte público de pasajeros perteneciente a la empresa Andesmar,
Primera Clase
Línea 0107 – Nro. interno 3060.
Que al momento de efectuar control físico y documental entre los
pasajeros en el interior del colectivo, se hizo descender, junto a sus
pertenencias, a los ocupantes de los asientos nros. 12 y 13, identificados como
L.M. y P.R., a los cuales se solicitó que
presenten su pasaje y documentos de identidad, a fin de poder identificarlos.
Es en ese momento donde ciudadano Pompeyo Enrique
RICHARD, DNI 32.708.056, se descompensa precipitándose al piso, siendo
auxiliado por los funcionarios policiales. A posteriori, y con la presencia de
testigos hábiles requeridos al efecto se procedió a la requisa del equipaje
perteneciente a P.E.R., siendo esta una mochila de
color negro con vivos rojos, azul y negro, marca “XTREM” (nro.
A35079371), en cuyo interior se secuestró una balanza digital “electronic
SF400”; una balanza digital marca “pocket scale mh; un termómetro digital
wt1
; una bolsa de color amarillo “Mercado Libre” con un posnet serial
CHB106822066994, con sus respectivos manuales; un sobre de papel madera
de color celeste con la inscripción “Mercado Pago” con la inscripción
Cáceres Cesar
conteniendo una tarjeta “Mercado Pago” a nombre del
mismo; una bolsa de plástico transparente cerrada por medio de bandas
elásticas conteniendo sustancia blanca compactada, positiva para...
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