Sentencia de SALA 1, 11 de Febrero de 2016, expediente CCC 004210/2015/CA001

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2016
EmisorSALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 1 CCC 4210/2015/CA1 Stelung, G.M.P. Juzgado Nacional en lo Correccional Nº 8, Secretaría Nº 61 En la ciudad de Buenos Aires, a los 11 días del mes de febrero de 2016 se celebra la audiencia oral y pública en el marco del presente recurso, en la que expuso la parte de acuerdo a lo establecido por el art. 454 del CPPN (conf. ley 26.374). La compareciente aguarda en la sala del tribunal mientras los jueces pasan a deliberar en presencia de la actuaria (art. 396, ibídem). Los motivos de agravio de la defensa no logran desvirtuar los fundamentos de la decisión recurrida. Arribamos a esta conclusión por unanimidad y sin advertir que hayan otros criterios para valorar no considerados por el juez de la instancia de origen, por lo que nos remitimos a sus argumentos, que compartimos en su totalidad (art. 455 in fine y a contrario sensu del código de forma). Resolvemos de este modo en honor a la brevedad y para poder cumplir con los términos procesales previstos para esta vía revisora en atención al incremento en el ingreso de asuntos a este tribunal, respetando así el derecho de la parte a obtener una respuesta judicial pronta. Sin perjuicio de ello, estimamos que sería útil y pertinente hacer lugar a la medida solicitada por la defensa, esto es, citar a prestar declaración testimonial a M.E. (cuyos demás datos personales constan a fs. 143vta.) previo al avance del proceso hacia la etapa crítica. En consecuencia se resuelve:

I- CONFIRMAR el punto dispositivo I del auto de fs. 145/147 en cuanto fue materia de apelación (art. 455 del CPPN).

II- ESTAR A LO SEÑALADO en los considerandos. Se deja constancia de que el juez M.F., subrogante de la Vocalía Nº 4, no interviene por estar...

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