Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 20 de Octubre de 2020, expediente FSM 032981/2020/CA001

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

Causa n° - FSM 32981/2020/CA1. R.. 9186

IMPUTADO: SÁNCHEZ, A.D. Y OTROS s/USURPACION (ART.181 INC.1)

NOTA: En el día de la fecha, con motivo del trabajo remoto que realizo en mi domicilio particular (Acordada 61/2020 y providencias de presidencia del 20/3/2020, 1/4/2020,

12/4/2020, 27/4/2020, 12/5/2020, 26/5/2020,

9/6/2020, 30/6/2020 y 20/7/2020 de esta CFASM), mantuve comunicación telefónica con el Dr. A.A.L., juez unipersonal designado en la presente,

conforme lo establecido en el Art. 24 bis,

inc. 1, del CPPN (Cfr. ley 27.384), quien informado del estado del legajo y en base a las constancias obrantes en el mismo, me hizo saber la resolución arribada y sus fundamentos.---------------------------------

Se deja constancia que el señor juez encomendó a este P. de Cámara la generación del decreto y resolución respectivamente, que reflejen su decisión y Fecha de firma: 20/10/2020 fundamentos, para su posterior incorporación Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

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Causa n° - FSM 32981/2020/CA1. R.. 9186

IMPUTADO: SÁNCHEZ, A.D. Y OTROS s/USURPACION (ART.181 INC.1)

en el legajo obrante en el sistema Lex 100 y que esta modalidad de actuación obedeció a las Acordadas 4/2020, 6/2020, 8/2020,

10/2020, 13/2020, 14/2020, 16/2020, 18/2020,

25/2020, 27/2020 y 31/2020, de la CSJN,

Acordada 61/2020 y providencias de presidencia del 20/3/2020, 1/4/2020,

12/4/2020, 27/4/2020, 12/5/2020, 26/5/2020,

9/6/2020, 30/6/2020 y 20/7/2020 de esta CFSM

y DNU PEN 297/2020, 325/2020, 355/2020,

408/2020, 459/2020, 493/2020, 520/2020,

576/2020, 605/2020, 641/2020, 677/2020,

714/2020, 754/2020 y 792/2020. S.P.N.° 4, 20 de octubre de 2020.

P.J.F.P. de Cámara Fecha de firma: 20/10/2020

Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

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San Martín, 20 de octubre de 2020.

Atento las disposiciones de las Acordadas 4/2020, 6/2020, 8/2020, 10/2020,

13/2020, 14/2020, 16/2020, 18/2020, 25/2020,

27/2020 y 31/2020 de la CSJN, Acordada 61/2020 y providencias de presidencia del 20/3/2020, 1/4/2020, 12/4/2020, 27/4/2020,

12/5/2020, 26/5/2020, 9/6/2020, 30/6/2020 y 20/7/2020 de esta CFSM y DNU PEN 297/2020,

325/2020, 355/2020, 408/2020, 459/2020,

493/2020, 520/2020, 576/2020, 605/2020,

641/2020, 677/2020, 714/2020, 754/2020 y 792/2020, pasen los AUTOS A RESOLVER.

A.A.L.

JUEZ DE CÁMARA

Fecha de firma: 20/10/2020

Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

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San Martín, 20 de octubre de 2020.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I. Llegan las presentes actuaciones a estudio del Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa particular de S.D.A.,

E.A., R.A.I. y R.O., contra la decisión mediante la cual el señor J. a quo resolvió declarar su incompetencia material y, en consecuencia,

remitió los actuados a conocimiento del Juzgado de Garantías en turno del Departamento Judicial de La Matanza.

II. En la instancia, el señor F. General no adhirió a la impugnación, mientras que los recurrentes expresaron sus agravios en la audiencia celebrada en los términos del Art. 454 CPPN. En consecuencia, el incidente se encuentra en condiciones de recibir pronunciamiento (Art. 455 CPPN).

Fecha de firma: 20/10/2020

Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

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III. Liminarmente, cabe señalar que las presentes actuaciones reconocen su inicio el 23 de agosto de 2020, con motivo de los hechos informados por personal de la Base Operativa “8”, La Matanza, de Gendarmería Nacional, ocasión en la que se puso en conocimiento del tribunal a quo que un grupo de aproximadamente 60 personas, alrededor de las 06:45 horas, ocuparon el predio y luego las casas en proceso de construcción del barrio “Los Ceibos”, de la localidad de G.C., partido de La Matanza,

provincia de Buenos Aires.

En el marco de la investigación encarada, el juzgado ofició al Director de Gendarmería Nacional, a fin de que proceda a la recolección de pruebas, filmaciones e individualización de los supuestos autores que permitan, posteriormente, analizar lo que Fecha de firma: 20/10/2020

Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

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por derecho corresponda respecto de la...

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