Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 24 de Mayo de 2019, expediente FSM 171578/2018/CFC001

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FSM 171578/2018/CFC1 REGISTRO NRO. 1020/19.4 Buenos Aires, 24 de mayo de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en autos en la presente causa FSM 171578/2018/CFC1.

Que el representante del Ministerio Público Fiscal, interpuso recurso de casación (fs. 39/47) contra la resolución de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de S.M., que resolvió confirmar el auto que dispuso el sobreseimiento de J.L.L. y M.Á.L., en relación al presunto delito de apropiación indebida de los recursos de la seguridad social correspondiente a los períodos de noviembre 2011 a enero 2012, marzo 2012, mayo 2012 a noviembre 2012, enero 2013 a septiembre 2013 y de noviembre 2013 a junio 2014, por aplicación retroactiva de la ley 27.430 (fs. 36/37 y 12/14 respectivamente).

Y CONSIDERANDO:

  1. De manera preliminar corresponde recordar que el juicio sobre la admisibilidad formal del recurso en examen que efectuara el tribunal a quo es de carácter provisorio, ya que el juicio definitivo sobre dicho extremo corresponde a esta S.I. de la Cámara Federal de Casación Penal (ad quem) y puede ser emitido por esta alzada sin pronunciarse sobre el fondo (cfr., en lo pertinente y aplicable, lo resuelto por esta S.I., por unanimidad, en la causa nro. 1178/2013, “A., M.J. s/ recurso de casación”, reg. nro. 641/14, rta. el 23/04/2014; causa CFP 1738/2000/TO1/2/CFC1, “B., Fecha de firma: 24/05/2019 Alta en sistema: 27/05/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #32790711#235096324#20190527100602358 S.M.; B., A.J. y Oficina Anticorrupción s/incidente de prescripción de acción penal”, reg. nro. 1312/14, rta. el 27/06/2014; causa FSA 74000069/2007/TO1/CFC1, “O.V., N.A. s/recurso de casación”, reg. nro. 1111/15., rta. el 09/06/2015 y causa FSA 74000032/2012/TO1/12/1/CFC3 “Amante, M.E. s/recurso de casación”, reg. nro.

    1128/16, rta. el 12/09/16, entre muchas otras).

  2. Sentado cuanto precede, si bien el recurso de casación en estudio ha sido interpuesto contra una resolución de carácter definitivo (art. 457 del C.P.P.N.), la impugnación deducida se ha limitado a cuestionar una fundamentación que no comparte sin lograr controvertir adecuadamente el criterio esgrimido en el fallo impugnado, el cual siguió la...

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