Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 2 de Junio de 2022, expediente FTU 000069/2022/CA001

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

69/2022 - IMPUTADO: LESCANO, C.R. Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

S. M. de Tucumán, de 2022.

AUTOS Y VISTOS: Para resolver el recurso de apelación deducido contra la resolución de fecha 4 de febrero de 2022, y CONSIDERANDO:

I) Que vienen las presentes actuaciones a estudio de este tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de los procesados C.R.L. y S.A.L., en contra de la resolución de fecha 4 de febrero de 2022, por la cual, el señor Juez titular del Juzgado Federal N° 2 de de esta ciudad, en su parte pertinente, dispuso: “I.)

DISPONER EL PROCESAMIENTO CON PRISIÓN

PREVENTIVA (artículos 306, 312 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación) de C.R.L.

y de SANTIAGO A.L., cuyas condiciones personales obran en autos, por resultar, prima facie, coautores penalmente responsables del delito de transporte de estupefacientes con fines de comercialización (artículo 5° inciso “C” de la ley 23.737). II.) TRABAR EMBARGO sobre bienes suficientes de propiedad de C.R.L. y de SANTIAGO

ADRIAN LEZCANO en la suma de pesos Cuatrocientos Mil ($400.000) para cada uno, a fin de garantizar responsabilidades civiles y costas procesales derivadas de la presente causa (Art. 518

Fecha de firma: 02/06/2022

Alta en sistema: 06/06/2022

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Procesal) …”.

A fojas 119, la defensa del imputado interpuso el recurso, que fue concedido en fecha 23 de febrero de 2022.

Posteriormente, expresó agravios a fojas 137/139.

Por su parte, el señor Fiscal General, efectuó dos presentaciones, la primera a fs. 129/131, por la cual solicitó la suspensión de plazos hasta tanto se proceda a la digitalización completa de las actuaciones y que se ordene la ampliación de la investigación hacia M.L.B., quién recién manifestó

que era chofer rural después que el personal de las fuerzas de seguridad descubriera las sustancias. En la segunda presentación (fs. 134/135), manifestó su intención de no adherir al recurso.

La defensa sostuvo que la resolución presenta una manifiesta ilegalidad al haber incurrido en errores de hecho y de derecho que comprometen su validez como acto jurisdiccional. En ese sentido, postuló su arbitrariedad por falta de fundamentación del tipo penal en que se basa el procesamiento, ya que de las constancias de autos no resulta con claridad que hecho es reprochable a cada uno de sus defendidos, dado que, con la misma intención voluntarista, podría haberse imputado al conductor del automóvil.

Detalló las declaraciones indagatorias de sus pupilos y remarcó que S.A.L. desconocía absolutamente el hecho y por consiguiente debe dictarse su falta de mérito. Con Fecha de firma: 02/06/2022

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respecto a C.R.L., dijo que desconocía la existencia del bulto secuestrado.

Por otra parte cuestionó la medida de prisión preventiva dispuesta por el magistrado de grado, ya que de forma alguna los procesados entorpecerán la investigación o eludirán la justicia; asimismo fustigó los fundamentos vertidos por el a quo para su dictado.

Sostuvo que la valoración de las pruebas efectuada fue parcial, arbitraria y contradictoria con las conclusiones de la sentencia, ya que de éstas no surge la participación de S.A.L. por lo que no se logró desvirtuar el estado de inocencia.

Por las razones apuntadas solicitó se revoque la sentencia, se dicte la falta de mérito de S.A.L. y se ordene la libertad bajo caución de C.R.L..

II) Previo a resolver, corresponde tener presente que las actuaciones se iniciaron el 22 de enero de 2022, en circunstancias en la que personal de la Policía de Tucumán apostado en el puesto fijo de control de San Cayetano, del lado de Salida de esta ciudad Capital, que dio cuenta que a horas nueve aproximadamente mientras se encontraban realizando los controles de rutina, divisaron a cien metros aproximadamente, un automóvil color oscuro que al parecer tenía intenciones de evadir el control,

por lo que se hicieron presentes a donde estaba el automóvil, y al Fecha de firma: 02/06/2022

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llegar, observaron que en el mismo circulaban tres personas de sexo masculino, quienes al notar la presencia policial, se pusieron nerviosos y no supieron explicar que hacían en ese lugar, ante ello,

les solicitaron que los acompañaran hasta su puesto de control,

donde previo a solicitar la documentación y realizar una inspección ocular sobre el vehículo, solicitaron la presencia de dos testigos hábiles para el acto.

En el procedimiento, se identificó a los ocupantes y se secuestró, en lo que aquí interesa, en poder de C.R.L., una mochila de tela color negro con tonos amarillos,

marca CAT, que contenía (11) pendrive marca Kingston, (01) pen drive caja con luz, (02) USB en caja (01) cable HDMI en bolsa,

(02) cables USB en bolsa, (09) cables USB sueltos, (01) linterna con su estuche, (01) juego de tuercas antirrobo, (01) un cuchillo con mango de madera color marrón con una hoja de metal de 20

cm (01) calentador de agua para auto y un paquete rectangular envuelto en cinta de embalar, tipo pan, el que posteriormente se confirmó contenía la cantidad de 517 gramos de cocaína. Cabe mencionar que en ese momento espontáneamente C.R.L. manifestó que “ese envoltorio es de su propiedad”.

Asimismo, el ciudadano B. manifestó frente a los testigos que “soy chofer de auto rural y desconoce a los sujetos,

que los levantó de la parada en la Plaza de V.L. con destino a terminal vieja".

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Al momento de prestar declaración indagatoria C.R.L. (fs. 23/24 y 27/30), manifestó “el día del hecho, la noche anterior del viernes se dirige desde la Termas del Rio Hondo hacia Tucumán a ver un trabajo, luego regresó a la casa de su madre que vive en Villa de Leales, donde se detuvo a cargar nafta a su motocicleta, que saliendo de la estación servicio de leales, se dirigió al domicilio de su madre, a un km. del lugar, un automóvil le hacía juego de luces y él se detuvo creyendo que era un control policial, que del rodado se bajaron tres personas y le preguntaron si lo conocía a J.D., a lo que le contesto que no, y le preguntaron a donde se dirigía, a su casa, y le realizaron una propuesta, de entregar la mochila secuestrada a cambio de 50.000 pesos, al día siguiente en la zona de la rotonda de entrada a Tucumán por S.C. lo iba a...

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