Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 4 de Septiembre de 2018, expediente FGR 023874/2017/CA002

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “KEDAK, H.D.s.ón ley 23.737 (art.5 inc.c)” (Expte. N° FGR

23874/2017/CA2) Juzgado Federal de Viedma En la ciudad de General Roca, a los 04 días del mes de septiembre de dos mil dieciocho, siendo las 8:50 horas se constituye en la sala de audiencias de estos Tribunales Federales la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca presidida por el doctor R.F.G. y los vocales M.R.L. y R.G.B., a efectos de recibir el informe in voce previsto en el art.454 del CPP, en los autos arriba indicados. Comparece al acto el doctor E.P., defensor oficial en representación de H.D.K.. Cedida la palabra al recurrente, éste solicitó

la agregación de diversas copias vinculadas al proceso que se le sigue a su asistido ante el TOF local, lo que fue admitido anteponiéndose a la presente y, tras ello, expresó los agravios. Culminada su exposición, el tribunal pasó a considerar los fundamentos en que se asienta el recurso y tras un intermedio, ya agotada la deliberación de los magistrados, EL TRIBUNAL CONSIDERA: 1) Sobre el mérito del procesamiento: Dado que el art.455 del CPP, tercer párrafo,

autoriza a las cámaras de apelaciones a despachar el rechazo de recursos en esta misma audiencia mediante la nuda remisión a los fundamentos del magistrado si es que entiende que, para la confirmación de la decisión apelada, no resulta necesario consignar criterios no considerados por el juez que previno,

corresponderá decidir la suerte de este tramo de la apelación del modo señalado puesto que, en el caso, los fundamentos suministrados ante esta alzada no bastan para arribar a conclusiones diferentes de aquellas que expuso la magistrada Fecha de firma: 04/09/2018

Alta en sistema: 05/09/2018

Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—

Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA

de sección en el auto recurrido. 2) Sobre la prisión preventiva impuesta: Entiende el tribunal que la circunstancia de la proximidad de una audiencia de debate...

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