Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 1 de Abril de 2019, expediente FPO 003402/2017

Fecha de Resolución 1 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS FPO 3402/2017 sadas, a los 01 días del mes de abril de 2019.

Y VISTOS: El presente expediente, registro N° FPO

3402/2017/CA2 en autos: Correa, J. L. – G.,

G. sobre Infracción Ley 22.415”.

CONSIDERANDO: 1) Que arriban las presentes actuaciones al

conocimiento y decisión de este Tribunal con motivo del recurso de

casación deducido a fs. 283/289 y vlta. por el Sr. Fiscal General

contra la decisión recaída a fs. 279/282 y vlta. por la que se confirmó

el sobreseimiento de los encartados por aplicación del principio de la

ley penal más benigna (art. 863 del C.A., art. 250 de la Ley 27.430,

art. 2 del C.P. y art. 336 inc. 3º del C.P.P.N.).

2) Que corresponde verificar las condiciones de admisibilidad

del recurso deducido en la medida en que resulta facultad del Tribunal

de mérito efectuar una primera revisión del recurso de casación con el

objeto de examinar si en su articulación se encuentran reunidas las

condiciones formales que la ley prevé, a tenor de lo dispuesto por los

artículos 444 y 463 del C.P.P.N.

3) Que a ese respecto, la normativa procesal establece en su art.

456 los supuestos sobre los cuales el remedio procesal en análisis

debe asentarse, puntualmente en la inobservancia o errónea aplicación

de la ley sustantiva o inobservancia de normas procesales fijadas bajo

pena de inadmisibilidad, caducidad o nulidad (C.F.C.P., S. I.,

L.

, del 27/5/02; C.F.C.P., S., “R.”, del 14/6/02, entre

otros), los cuales deben encontrarse plasmados en algunas de las

resoluciones taxativamente enumeradas en el art. 457 del C.P.P.N.

En ese sentido, si bien lo resuelto impide la continuidad del

trámite, no puede soslayarse la existencia de innumerables decisiones

de la Cámara Federal de Casación Penal que en el marco de la Ley

27.430 convalidó la aplicación del principio de la ley penal más

benigna en cuestiones análogas a la aquí resuelta.

A título de ejemplo, corresponde señalar las siguientes causas:

C.F.C.P., S., FPO 11092/2017/TO1/CFC1, “CARBALLO, Belmar

Fecha de firma: 01/04/2019 Alta en sistema: 03/04/2019 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.R., SECRETARIA DE CAMARA #29657161#230830125#20190401120543863 C. s/recurso de casación”, resuelta el 25/03/2019; C.F.C.P.,

S., FPO 9376/2017/CFC1, “Q., H. s/recurso

de casación”, resuelta el 25/03/2019; C.F.C.P., Nº FPO

12086/2014/CFC1, “D., J. y AYALA

L. F. s/recurso de...

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