Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 5 de Abril de 2018, expediente FRE 014772/2017/CA003
Fecha de Resolución | 5 de Abril de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 SISTENCIA, a los seis días del mes de abril del año dos mil dieciocho.
VISTO:
Este expediente registro de Cámara Nº FRE 14772/2017/CA3, caratulado:
AWSTIN, ENVYS ELFYN SOBRE INFRACCIÓN LEY 23.737
proveniente del
Juzgado Federal de Resistencia Nº 2; del que RESULTA 1. Que mediante auto interlocutorio de fecha 5 de febrero del año en
curso (fs. 237/242 vta.), la Jueza Federal Subrogante resuelve: “1) DICTAR AUTO DE
PROCESAMIENTO con prisión preventiva ... en contra de ENVYS ELFYN AWSTIN …
por encontrarlo ‘prima facie’ como autor responsable del delito previsto y reprimido por
el art. 5º inc. “c” de la ley 23.737, en la modalidad de “Transporte de estupefacientes”, la
que no se hará efectiva al haber dispuesto su prisión domiciliaria el Juzgado Federal de
Rawson Nº 2…”.
OFICIAL 2. Para así decidir, considera que las presentes actuaciones se
originaron el 4 de diciembre de 2017 durante la realización de medidas de seguridad para el
control e inspección de cargas y correo correspondiente al vuelo AR1791 de Aerolíneas
USO Argentinas con destino al A., cuando al pasar por el equipo de
rayos X una encomienda de la empresa A., identificada como envío Nº 8132189158
(sucursal de destino Trelew y de origen Corrientes) consistente en una caja rectangular de
cartón en la que figuraba como destinatario Envys Elfyn Awstin – con domicilio en Puerto
Madryn, Chubut– el operador del equipo de mención observó en la pantalla una imagen de
forma rectangular que proyectó una coloración naranja intensa, situación indiciaria de que
se trataría de alguna sustancia o elementos de composición orgánica.
Asimismo, efectuado el control con el can detector de narcóticos
Luna
, éste respondió de manera exaltada, razón por la cual se dio intervención al Juzgado
Federal Nº 2, ordenándose la interdicción de la encomienda en cuestión a efectos de
disponer su apertura y constatar su contenido.
Fue así que se extrajo de su interior un total de cuatro bultos, tres de
ellos de una sustancia cuya prueba de narcotest dio resultado positivo para cannabis sativa
con un peso de 5.486 gramos, siendo que el restante bulto arrojó positivo para clorhidrato
de cocaína, con un peso de 103 gramos.
Que en virtud de ello se dispuso el reemplazo de las sustancias
presumiblemente en infracción a la Ley 23.737 por ladrillos de peso similar, y su entrega a
la Policía de Seguridad Aeroportuaria a los fines de que proceda al reencause del envío de
la encomienda, con el objeto de realizar su seguimiento y entrega vigilada. Dicha
Fecha de firma: 06/04/2018 Alta en sistema: 12/04/2018 Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A. , SECRETARIA DE CÁMARA #31004951#202787003#20180406120205220 Poder Judicial de la Nación Cámara...
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