Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 5 de Abril de 2018, expediente FRE 014772/2017/CA003

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 SISTENCIA, a los seis días del mes de abril del año dos mil dieciocho.

VISTO:

Este expediente registro de Cámara Nº FRE 14772/2017/CA3, caratulado:

AWSTIN, ENVYS ELFYN SOBRE INFRACCIÓN LEY 23.737

proveniente del

Juzgado Federal de Resistencia Nº 2; del que RESULTA 1. Que mediante auto interlocutorio de fecha 5 de febrero del año en

curso (fs. 237/242 vta.), la Jueza Federal Subrogante resuelve: “1) DICTAR AUTO DE

PROCESAMIENTO con prisión preventiva ... en contra de ENVYS ELFYN AWSTIN …

por encontrarlo ‘prima facie’ como autor responsable del delito previsto y reprimido por

el art. 5º inc. “c” de la ley 23.737, en la modalidad de “Transporte de estupefacientes”, la

que no se hará efectiva al haber dispuesto su prisión domiciliaria el Juzgado Federal de

Rawson Nº 2…”.

OFICIAL 2. Para así decidir, considera que las presentes actuaciones se

originaron el 4 de diciembre de 2017 durante la realización de medidas de seguridad para el

control e inspección de cargas y correo correspondiente al vuelo AR1791 de Aerolíneas

USO Argentinas con destino al A., cuando al pasar por el equipo de

rayos X una encomienda de la empresa A., identificada como envío Nº 8132189158

(sucursal de destino Trelew y de origen Corrientes) consistente en una caja rectangular de

cartón en la que figuraba como destinatario Envys Elfyn Awstin – con domicilio en Puerto

Madryn, Chubut– el operador del equipo de mención observó en la pantalla una imagen de

forma rectangular que proyectó una coloración naranja intensa, situación indiciaria de que

se trataría de alguna sustancia o elementos de composición orgánica.

Asimismo, efectuado el control con el can detector de narcóticos

Luna

, éste respondió de manera exaltada, razón por la cual se dio intervención al Juzgado

Federal Nº 2, ordenándose la interdicción de la encomienda en cuestión a efectos de

disponer su apertura y constatar su contenido.

Fue así que se extrajo de su interior un total de cuatro bultos, tres de

ellos de una sustancia cuya prueba de narcotest dio resultado positivo para cannabis sativa

con un peso de 5.486 gramos, siendo que el restante bulto arrojó positivo para clorhidrato

de cocaína, con un peso de 103 gramos.

Que en virtud de ello se dispuso el reemplazo de las sustancias

presumiblemente en infracción a la Ley 23.737 por ladrillos de peso similar, y su entrega a

la Policía de Seguridad Aeroportuaria a los fines de que proceda al reencause del envío de

la encomienda, con el objeto de realizar su seguimiento y entrega vigilada. Dicha

Fecha de firma: 06/04/2018 Alta en sistema: 12/04/2018 Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A. , SECRETARIA DE CÁMARA #31004951#202787003#20180406120205220 Poder Judicial de la Nación Cámara...

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