Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 8 de Mayo de 2018, expediente CAF 049614/2016/CA001

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV EXPTE. Nº 49614/2016/CA1: “H.M.E. c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH s/ DESAPARICION DE PERSONAS- LEY 24411-ART. 6”.

Buenos Aires, de mayo de 2018 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, mediante resolución 255/16, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación denegó a la señora M.E.H. el beneficio previsto en la ley 24.411 (fs. 51/52).

  2. ) Que, contra esa decisión, la actora interpuso el presente recurso de apelación (fs. 55/61 vta.).

    Advierte que la resolución cuestionada es nula, toda vez que presenta vicios en varios elementos esenciales previstos en el art. 7º de la ley 19.549. En este sentido, cuestiona la falta de causa y motivación del acto administrativo en cuanto se limitó a mencionar el derecho aplicable, omitiendo invocar fundamento alguno para denegar el beneficio. Remarca que no se cumplieron con los procedimientos esenciales previos a la emisión de la disposición cuestionada. Por último, manifiesta que al dictarse el acto administrativo se desconoció el espíritu que tuvieron los legisladores al sancionar la ley 24.411.

    A su vez, sostiene que la prueba presentada demuestra que el asesinato del Sr. H. (su padre) fue realizado por las fuerzas armadas de seguridad o un grupo paramilitar.

    Cita jurisprudencia aplicable al caso.

  3. ) Que, respecto de la primera cuestión planteada por el recurrente, cabe resaltar que la motivación y la causa del acto administrativo son una exigencia de derecho fundamentales para obtener una tutela efectiva e imponen a la autoridad que, al expresar su voluntad, justifique sus decisiones, dando las razones que la llevan a ello. En tal inteligencia, no se advierte que el acto impugnado en autos contenga vicios en los mencionados elementos, pues de su texto surgen claramente las razones esgrimidas por la Secretaría de Derechos Humanos para denegar la concesión del beneficio solicitado.

    En este sentido, la autoridad administrativa competente dictó el acto cuestionado teniendo en cuenta las constancias obrantes en el expediente administrativo y aportadas por la apelante (a las que hay que sujetarse) no Fecha de firma: 08/05/2018 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #28745014#205265776#20180507132432553 habiendo, por otra parte, la peticionaria agregado otras probanzas en esta instancia.

    Asimismo, con relación a la omisión de los procedimientos esenciales mencionados...

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