Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 30 de Octubre de 2020, expediente CFP 006261/2020

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

CFP 6261/2020

CCCF - SALA I

CFP 6261/2020/CA1

Graham, M.A. s/

casación

J.. Fed. nro. 9 - Sec. nro. 18

59.837 - FG

Buenos Aires, 30 de octubre de 2020.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

La Dra. P.A. y el Dr. G.T., en representación de J.M.F., interpusieron recurso de casación contra el fallo de esta sala del 7 de octubre pasado, mediante el cual se confirmó la resolución del juez de grado que no hizo lugar a su solicitud de ser tenido como parte querellante y archivó la causa conforme al artículo 195, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación.

En su oportunidad, tacharon de arbitrario el pronunciamiento impugnado, en tanto estimaron que se había homologado el rechazo del rol de querellante con el fin de evitar entran en el análisis del archivo dispuesto, violando así las garantías constitucionales de debido proceso legal, defensa en juicio e igualdad ante la ley.

Llegado el momento de resolver, cabe destacar que la resolución atacada posee como efecto privar a los recurrentes de la calidad de parte querellante, por lo que resulta pertinente que se aplique la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que entiende admisible el recurso de casación contra decisiones que generan un gravamen de insuficiente o tardía reparación ulterior como el observado en la presente (ver C.S.J.N., “Á., C.A. y otro s/injurias”,

rta. el 30/4/1996, de esta sala CFP 7342/2019/CA1, rta. 10/06/2020 y sus citas y CFP 1884/2020, rta. 04/08/2020, entre otras).

Fecha de firma: 30/10/2020

Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.V.T., SECRETARIA DE CAMARA

En consecuencia, teniendo en cuenta la calidad de tribunal intermedio atribuido a la Cámara Federal de Casación Penal para la decisión de cuestiones federales, procederemos a conceder el recurso articulado, dado que fue oportunamente introducido y reúne las condiciones formales de admisibilidad.

Resta aclarar que atento a lo dispuesto en la acordada 31/20 y concordantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la 10/20 y concordantes de esta cámara la presente se dicta vía Lex100.

Por lo expuesto, este tribunal

RESUELVE:

  1. CONCEDER el recurso de casación interpuesto por la Dra. P.A. y el Dr. G.T., en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR