Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 27 de Agosto de 2009, expediente 42.471

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2009

Poder Judicial de la Nación °

  1. N° 42.471 A., R.J. s/falta de mérito@

Juzgado N° 10 - Secretaría N° 20

Reg. N° 907

Buenos Aires, 27 de agosto de 2009.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I - Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Sr. Fiscal,

Dr. C.R. a fojas 3/4 contra el punto I del auto que en fotocopias luce a fojas 1/2 en cuanto decreta la falta de mérito de R.J.G. (artículo 309 del Código Procesal Penal de la Nación), en orden al hecho por el que fuera indagado.

Por su parte, a fojas 7 hizo lo propio el Sr. J.H.R., en su calidad de parte querellante, oportunidad en la cual pidió el procesamiento de G., tras entender que había pruebas que no habrían sido apreciadas por el juez de grado al momento de resolver, entre ellas, la insolvencia económica del nombrado.

A fojas 25/27 la representante del Ministerio Público Fiscal,

Dra. G.S. presentó el memorial en los términos del artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación, oportunidad en la cual manifestó los cuestionamientos a la resolución puesta en crisis, los que se centran fundamentalmente en que existían en el legajo elementos suficientes como para arribar al dictado del auto de mérito previsto por el artículo 306 del Código Procesal Penal de la Nación respecto de R.G., aconsejando además la realización de ciertas medidas de prueba, las cuales consideró necesarias a los efectos de completar la instrucción.

II - R.G. fue convocado en los términos del artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación, oportunidad en la cual le fue imputado A... haber obtenido la titularidad del dominio correspondiente al inmueble sito en la calle M. 2877/79 de esta Ciudad a través del acto de compraventa que se efectuó mediante escritura N° 137 del 19 de mayo de 2005 y con la presentación de un poder ideológicamente falso que autorizaba a A.R.K. a vender dicha propiedad en nombre y representación de J.H.R., titular del inmueble. La maniobra para lograr el traspaso de titularidad del inmueble consistió en: La obtención de un segundo testimonio de la escritura de compraventa del 1 de julio de 1978 correspondiente al inmueble ubicado en la calle M. 2877/79 de esta Ciudad, solicitado por quien dijo ser J.H.R. y cuya firma estampó en la correspondiente solicitud en presencia del escribano A.B. que labró certificación bajo el acta n° 063

del 2 de noviembre de 2004. Con fecha 25 de abril de 2005 quien resultó

identificado...

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