Gomeria la Boutique Srl - Sindico Contador Mauricio Leon Brawer

Fecha de disposición05 Mayo 2008
Fecha de publicación05 Mayo 2008
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31397
  1. ).- ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefacientes) con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.6°).- DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2.007 horas doce (12:00) en la sede de esteTribunal, artículo 400 del CPPN, a la que deberán concurrir el menor Santos CAMPOS CRUZ y su guardador.

  2. ).- REMITIR a Germán SACACA FLORES y Mario PERKA PUMA al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la condena privativa de la Libertad en una unidad carcelaria a su cargo.

  3. ).- MANDAR que por Secretaria se registre el fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- MARTA LILIANA SNOPEK. RENE VICENTE CASAS. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. Ante mí: EFRAIN ASE, Secretario.

    e. 25/04/2008 N° 576.969 v. 09/05/2008 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy por unanimidad:

    FALLA:

    Primero: RECHAZAR las nulidades articuladas por la defensa técnica de Elizabeth Justiniano Mercado y Vera Lucía Pérez Ayala.Segundo: CONDENAR, a Elizabeth Justiniano Mercado y Vera Lucía Pérez Ayala, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS y TRES MESES de prisión y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225), por encontrarlas coautoras responsables del delito de transporte de estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5° inciso 'C' de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas. Remitiéndolas al Servicio Penitenciario Federal, para que cumplan las penas privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.Tercero: COMPUTO DE PENA: FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 30 de Abril de 2010 y diez días para el pago de multa y costas del juicio.Cuarto: ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.Quinto: DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 17 de Noviembre de 2006 a horas 12:00, en la sede de este Tribunal (artículo 400 del C.P.P.N.).

    Sexto: MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- CARLOS ROLANDO MASSACCESI. RENE VICENTE CASAS. HUGO MARCELO SAVIO. Ante mí: EFRAIN ASE, Secretario.

    e. 25/04/2008 N° 576.963 v. 09/05/2008 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:

    FALLA:

    Primero: CONDENANDO a DANIEL ROLANDO REYNA AGUIRRE, a la pena DE CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISION, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, por encontrarlo autor responsable del delito de contrabando importación de estupefacientes, agravado por el destino de comercialización, previsto y penado por el artículo 866 segundo párrafo de la Ley 22.415 y sus modificatorias (Código Aduanero), en función del artículo 864 inciso 'a', in fine, Id, en grado de tentativa, (Arts. 871 y 872, Id.) con más las inhabilitaciones establecidas por el Art. 876 Id., incisos 'e' por el tiempo de la condena, 'f' y 'h', en concordancia con el Art. 1026, inc. b) Id., sin perjuicio de las que correspondan en sede aduanera y las costas de juicio.

    Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 11 de Agosto del año dos mil once, y diez días para el pago de costas del Juicio.

    Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

    Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Daniel Rolando Reyna Aguirre, para su correspondiente notificación en ese lugar.Quinto: REMITIR a Daniel Rolando Reyna Aguirre, al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.Sexto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- CARLOS ROLANDO MASSACCESI. RENE VICENTE CASAS. MARTA LILIANA SNOPEK. Ante mí: EFRAIN ASE, Secretario.

    e. 25/04/2008 N° 576.961 v. 09/05/2008 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:

    FALLA:

    Primero: CONDENANDO a RAUL RICHARD CRISPIN ALEJO, a la pena de CINCO AÑOS DE PRISION, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y corno apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, por encontrarlo autor responsable del delito de Tentativa de Contrabando de Estupefacientes, agravado por el presunto destino de comercialización, previsto y sancionado por los artículos 871 y 866 segundo párrafo, en función de los artículos 863 y 864 inciso 'D', de la ley 22.415 y su modificatoria, con más las inhabilitaciones establecidas por el Artículo 876 incisos e), por el tiempo de la condena, f) y h), y sin perjuicio de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR