Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA, 17 de Abril de 2015, expediente FMZ 081074283/2011

Fecha de Resolución17 de Abril de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A 81074283/2011 GAIA JUAN C/ RENARTE Y OT P/ AMPARO (COMPULSA) (G-

4283)

Mendoza, 17 de Abril de 2015.

Y VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 81074283/2011, caratulados: “GAIA, J. c/

RENATRE Y OTROS p/ AMPARO –COMPULSA”, venidos del Juzgado Federal N° 2

de Mendoza a esta Sala “A” para pronunciarse sobre la competencia de esta Cámara (v. fs.

512) y, en su caso, para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 478/483 vta. por la

codemandada RENATEA contra medida cautelar de fs. 365/367 vta.

Y CONSIDERANDO:

I. Que a fs. 365/367 vta. la jueza de grado otorgó medida cautelar a favor de

la parte actora, por la que dispuso: “(…) ordenar al Registro Nacional de Trabajadores

Rurales y Empleadores (RENATRE) que se abstenga de iniciar acciones judiciales

tendientes al cobro de las multas impuestas conforme se determina en la resolución N°

0229/07, hasta tanto recaiga sentencia definitiva en los presentes.”

II. Que contra tal providencia la codemandada RENATRE se alzó a fs.

478/483 vta.

Allí, como primer agravio, sostuvo que la jueza ha liberado a la actora del

cumplimiento de las contribuciones de seguridad social respecto de los miembros de la

cooperativa de trabajo, establecidas por la Ley 25191; lo cual afrenta al art. 14 bis de la

Constitución Nacional.

Agregó que ha emitido una sentencia de carácter condenatorio cuando la

acción promovida es meramente declarativa, la cual puede ser deducida ante la eventualidad

de un perjuicio –función preventiva, pero no ante una efectiva lesión.

Fecha de firma: 17/04/2015 Firmado por: J.A.G.M. Firmado por: H.F. CORTES Firmado por: C.A.P. Firmado por: R.H.M., Secretario de Cámara Como segundo agravio, dijo que no existe doble imposición, porque los

conceptos que se cobran en virtud de la Ley 24013 (Fondo Nacional del Empleo) y los de la

Ley 25191 (subsistema de seguridad social administrado por RENATRE) no son iguales. Al

contrario, afirmó que el segundo reemplazó al primero, conforme Decreto 606/2002.

Por otra parte, argumentó que, para el caso que se hubiere efectuado

erróneamente el pago al Fondo Nacional del Empleo, es posible rectificar el pertinente

formulario para que AFIP redireccione tales importes al RENATRE. Razón por la cual no se

ha vulnerado ningún derecho constitucional.

En tercer término, adujo que se valoraron erróneamente los requisitos de la

medida cautelar.

En cuanto a la verosimilitud del derecho, indicó que ella no existe...

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