Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL, 3 de Agosto de 2017, expediente FCB 041060034/2008/CA001

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL – SALA B Expte. N° 41060034/2008 AUTOS : FARDELETTI, L.J. c/ ANSES s/VARIOS doba, 3 de agosto de 2017.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “FARDELETTI, L.J. C/ ANSES –

VARIOS” (Expte. N° 41060034/2008/CA1), venidos a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, en contra de la Resolución de fecha 7 de octubre de 2011 dictada por el Juzgado de B.V. (fs. 64/67), que dispuso no hacer lugar a la demanda interpuesta por la actora, con costas por su orden.

Y CONSIDERANDO:

  1. La recurrente expresa agravios en su escrito de fs. 81/85. Sostiene que se han soslayado los pilares en que se asienta la acción meramente declarativa intentada. Que el decreto 1451/2006, resolución 884/2006 y su ampliatoria, cercenan principios constitucionales de igualdad ante la ley, equidad, como así también, al principio de Supremacía Constitucional.

    Continúa manifestando que existe en el fallo del sentenciante apartamiento de la jurisprudencia mayoritaria. Por lo que solicita se haga lugar al recurso interpuesto, con costas.

    La parte demandada no contestó el traslado, conforme surge del certificado de fs. 132, quedando la causa en estado de ser resuelta.

  2. Previo a todo, corresponde efectuar una retrospectiva del marco normativo que rige la cuestión. En tal sentido la Ley 24.476, que regula la exigibilidad de deudas de los trabajadores autónomos, disponiendo en su art. 9° que: “La percepción de los beneficios mencionados por el artículo que antecede por parte del trabajador autónomo o de sus derechohabientes, se encuentra sujeta al estricto cumplimiento del pago de las cuotas de la deuda reconocida. Una vez otorgado el beneficio respectivo, sus titulares podrán solicitar el descuento de las cuotas mensuales pendientes del plan de regularización voluntaria de la deuda que hubieran optado, hasta el límite establecido por el art. 14, inc. d) de la Ley 24.241”.

    Por su parte, la Ley 25.944/04 estableció la jubilación anticipada para Fecha de firma: 03/08/2017 Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.R., Secretaria Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA #27033721#181268461#20170803130044102 los agentes de la Administración Pública a fin de acordar ese beneficio a quienes cesaron en dicho desempeño, dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al 15/7/1994, con motivo de la reforma del Estado y las consiguientes reducciones, disoluciones y privatizaciones de los organismos estatales.

    Sentado ello, cabe destacar que el art. 6º de la Ley 25.994 establece que : “Los trabajadores que durante el transcurso del año 2004, cumplan la...

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