Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 31 de Marzo de 2009, expediente 58.887

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2009

INCIDENTE DE EXCEPCIÓN DE FALTA DE ACCIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA DE

PATRICIO O'GORMAN EN CAUSA O'GORMAN PATRICIO S/EVASIÓN TRIBUTARIA

SIMPLE. J.N.P.T. N° 1SALA "B" N° 58.887 F 170. ORDEN N° 22.350.

O

Illnos Aires, ~ de marzo de 2009.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 32/32 vta. por la defensa de P.J.O.'GORMAN contra la resolución de fs. 29/30, por la cual el ..J juzgado "a qua" no hizo lugar a la excepción de falta de acción interpuesta por lll(

la defensa del nombrado.

o LL

El acta de la audiencia celebrada en los términos del arto 454 del O C.P.P.N.

O

en :J y CONSIDERANDO:

  1. ) Que por los argumentos invocados por el apelante no se han desvirtuado los fundamentos expresados por la resolución recurrida.

  2. ) Que, este Tribunal ha establecido, por pronunciamientos anteriores (confr. R.. Nos. 374/96,1185/02,190103,517/08 Y 521/08, entre otros, de esta Sala "B") que, como regla general, no puede cuestionarse la existencia del delito por vía de la excepción que se prevé por el arto 339 inc. 2°,

    del C.P.P.N., pues aquel tema se vincula con la cuestión de fondo examinada en el proceso principal.

  3. ) Que, en este caso específico, no corresponde considerar que se trata de alguna situación excepcional por la cual podría corresponder apartarse de aquella regla general a la cual se hizo...

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