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Fecha de disposición02 Junio 2010
Fecha de publicación02 Junio 2010
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31915
  1. Edictos Judiciales ANTERIORES 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO NRO 3

'. Fdo. Alejandro J.

Catania. Juez. Ante Mí. Federico Roldán. Secretario.' Publíquese por cinco (5) días.

Buenos Aires, 12 de mayo de 2010.

Federico Roldán, secretario.

e. 28/05/2010 Nº 56330/10 v. 03/06/2010 CAMARA DEL TRABAJO SALA III SAN MIGUEL DE TUCUMAN TUCUMAN Se hace saber a Omega A.R.T. (en la persona de su Representante Legal), cuyo domicilio se desconoce, que por ante esta Sala Illa. de la Cámara del Trabajo del Centro Judicial Capital - Poder Judicial Tucumán, a cargo del Sr. Vocal Raúl Marcelo Díaz Ricci, Secretaría Actuaria desempeñada por Sergio Esteban Molina, tramitan los autos caratulados 'Rizo Juan Carlos c/ Papelera del Tucumán y Otro s/Accidente de Trabajo-Instancia Unica' - Expediente Nº 1378/97, en los cuales ha recaído la resolución que a continuación se transcribe y que deberá publicarse 'Libre de Derechos' en el Boletín Oficial de la Nación: 'S. M. de Tucumán, junio 19 de 2009.

Resuelve: I.- Admitir la demanda promovida por el señor Juan Carlos Rizo, argentino, mayor de edad, casado, obrero, con domicilio en Nuestra Señora del Pilar s/nº, Punta del Monte de esta provincia, en contra de Papelera Tucumán SA, sociedad comercial con domicilio en ruta Nº 38.

En consecuencia, se condena a esta última al pago de la suma total de $ 6.048,79 (pesos seis mil cuarenta y ocho con setenta y nueve centavos) en concepto de indemnización por accidente de trabajo in itinere del 8-02-96, la que deberá hacerse efectiva dentro de los 10 días de ejecutoriada la presente bajo apercibimiento de Ley, observándose el cumplimiento de las normas tributarias y previsionales federales, absolviéndola de la indemnización por el accidente de trabajo acaecido el 18-11-92, por lo considerado. II.- Admitir la excepción de falta de acción opuesta por la citada en garantía Omega Art, por lo tratado.

  1. Costas: a la demandada Papelera Tucumán SA como se consideran. IV.- Honorarios: 1) Al letrado Miguel Araoz por su actuación en el doble carácter por el actor en dos etapas del proceso de conocimiento la suma de $ 280 (pesos doscientos ochenta) y por la reserva hecha a fs. 92 la suma de $ 280 (pesos doscientos ochenta).- 2) A la letrada Eugenia Ester Silveti Perez por su actuación en el doble carácter por el actor durante el proceso de conocimiento la suma de $ 280 (pesos doscientos ochenta).- 3) A la letrada María Cristina Grunauer de Falu por su actuación en el doble carácter por la accionada en las tres etapas del proceso de conocimiento la suma de $ 800 (pesos ochocientos), valor de una consulta escrita; y por la reserva hecha a fs. 92 la suma de $ 800 (pesos ochocientos), valor de una consulta escrita.- 4) A la letrada Carolina María Falu por su actuación en el doble carácter por la accionada durante el proceso de conocimiento la suma de $ 800 (pesos ochocientos), valor de una consulta escrita.- 5) Al letrado Juan José Avellaneda por su actuación en el doble carácter por Omega A.R.T. S.A. en las tres etapas del proceso de conocimiento la suma de $ 460 (pesos cuatrocientos sesenta).- 6) Al perito médico César Norberto Silva por el informe pericia! rendido en autos la suma de $ 60 (pesos sesenta).- 7) Al perito calígrafo Sergio Darío Paz por el informe pericial rendido en autos la suma de $ 60 (pesos sesenta).- 8) Al perito contador C.P.N. Víctor Serafín Alu por el informe pericial rendido en autos la suma de $ 60 (pesos sesenta).- V.- Planilla Fiscal: Oportunamente practíquese y repóngase (Art. 13 Ley 6204). Regístrese, Archívese y Hágase saber.- Fdo.: Raúl M. Díaz Ricci - Carlos San Juan (Vocales). Ante mí: Sergio Esteban Molina (Secretario)'.

San Miguel de Tucumán, 18 de mayo de 2010.

Secretaría.

e. 01/06/2010 Nº 57640/10 v. 03/06/2010 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANA-ENTRE RIOS Por disposición de la Dra. Lilia Graciela Carnero, Presidente en la causa Nº 1449/06 caratulada 'Godoy Marino R. y Otro Infrac. Ley 23.737', que tramita ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de comunicar la parte resolutiva correspondiente a la notificación de Carniel, Juan Antonio, DNI: 29.722.695, sin apodo, argentino, nacido en la ciudad de Santa Fe, Pcia. homónima, el 11/02/83, soltero, domiciliado en calle Intendente García Silva Nº 306,

Resuelve: 1.- Declarar extinguida la Acción Penal, y en consecuencia,

Sobreseer (arts. 76 ter, 4to. párr. del Código.

Penal y 336 inc.1 y 361 del C.P.P.N.) a Carniel,

Juan Antonio, DNI: 29.722.695, sin apodo, argentino, nacido en la ciudad de Santa Fe, Pcia.

homónima, el 11/02/83, soltero, domiciliado en calle Intendente García Silva Nº 306, Dpto. 'B',

Partido de Morón, Pcia. de Buenos Aires, hijo de Juan Antonio Carniel y de María Cristina Jacob, a quien se le atribuyera el delito de tenencia de estupefacientes (art. 14, parte, Ley 23.737).2.- Eximir de Costas a la persona mencionada (art. 531 del C.P.P.N.).- Regístrese, notifíquese, líbrense los despachos del caso y, en estado, archívese.- Se constituye el Tribunal con los suscriptos en virtud de lo dispuesto en el art. 109 del R.J.N. vocalía vacante. Fdo. Lilia Graciela Carnero Presidente, Roberto M. López Arango Juez de Cámara, Ante Mi: Beatriz María Zuqui'.

e. 01/06/2010 Nº 57364/10 v. 07/06/2010 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL CORRIENTES Por disposición de S. SA. señor Juez de Ejecución Subrogante ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr. Fermín Amado Ceroleni, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia Nº 31 de fecha 17 de Diciembre de 2.009, en la causa caratulada: 'Villanueva, Mario Ramón p/Sup. Inf. Ley 23.737',

  1. ) Registrar, agregar el original al expediente copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las comunicaciones correspondientes y oportunamente archivar.- Fdo.: - Dr.

    Fermín Amado Ceroleni - Dr.Víctor Antonio Alonso - Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaró - Jueces de Cámara. Ante mí: Dra. Susana Beatriz Campos Secretaria - Tribunal Oral en lo Criminal Federal - Corrientes'.

    Sebastián Avila, secretario de ejecución.

    Nº 31 Sentencia.

    Corrientes, 17 de diciembre de 2009.

    Y Vistos: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedentes, Se Resuelve:1º) Condenar a Mario Ramón Villanueva, D.N.I. Nº 18.561.329, ya filiado en autos, a la pena de cuatro (04) años de prisión, y multa de pesos doscientos...

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