Edicto Notificatorio.-

Fecha de Entrada en Vigor13 de Abril de 2017
EmisorDirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia
Fecha de la disposición30 de Mayo de 2016

DIRECCIÓN PROVINCIAL

DE PROMOCIÓN DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA.-

EDICTO NOTIFICATORIO.-

Por Resolución de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción de Rosario, Provincia de Santa Fe, dentro del legajo administrativo Nº 10162 y 10163 “DIAZ MICAELA y DIAZ ALEXIS s/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL”, que tramita por ante esta dirección provincial de promoción de los derechos de la niñez, adolescencia y familia, se hace saber al Sr. DARIO CESAR DIAZ, DNI Nº 24.617.309, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 18 de Mayo de 2016.- VISTO (…) CONSIDERANDO (…) DISPONE: “ 1.- Dictar el acto administrativo de RESOLVER DEFINITIVAMENTE la Medida Excepcional de Derechos relativa a los niños DIAZ ALEXIS JOPEL DNI 43.647.955 fecha de nacimiento 02/09/01 y DIAZ MICAELA ROCIO BELEN DNI 45.505.262, fecha de nacimiento 14/01/04, ambos hijos del Sr. Dario cesar Diaz DNI 24.617.309, con domicilio desconocido y de la Sra. Carina Alejandra Alcaraz DNI 25.260.639 fallecida. 2.- DISPONER que se notifique la presente Disposición a los familiares o responsables de los niños mencionados de conformidad a lo dispuesto por el Art. 61 Ley 12967. 3.- SUGERIR al Tribunal Colegiado competente en el control de Legalidad de la presente, LA DECLARACIÓN JUDICIAL DE SITUACIÓN DE ADOPTABILIDAD y/o la figura jurídica que V.S. Estime pertinente respecto de los niños DIAZ ALEXIS JOEL DNI 43.647.955 y DIAZ MICAELA ROCIO BELEN DNI 45.505.262. Todfo ello de conformidad a los dispuesto por el art. 51 de la ley 12967 y su respectivo decreto reglamentario y art. 607 inc. C del Código Civil y Comercial, no habiendo posibilidades de revinculación permanente y definitiva con la familia nuclear de origen. 4.- DISPONER notificar la disposición correspondiente ante el tribunal Colegiado interviniente en la medida Excepcional de derecho. 5.- OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional competente y oportunamente archívese.-Fdo: Dra. Alicia E. M. Gimenez- Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Nodos Rosario y Venado Tuerto. Se transcriben a continuación los artículos pertinentes de la ley Nº 12.967 y Decreto 619/10, asimismo se le hace saber que cuenta con el derecho a ser asistida por un abogado/a de su confianza.

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