Disposición Nº 95/GCABA/DGCACTYT/15

FirmantesPérez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y El Transporte
Fecha de la disposición13 de Abril de 2015

VISTO:

El Decreto N° 915/09, Decreto N° 224/13, Decreto N° 94/08, Decreto N° 196/11,

Decreto 703/2011, Ley N° 2.652, Ley N° 3.304, Ley N° 4.013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 2652 se creó el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y

Transporte, según lo previsto por artículo 1° del Decreto N° 94/08;

Que por Decreto N° 915/09 y sus modificatorios se estableció un procedimiento

unificado para llevar adelante contrataciones de personas bajo los regímenes de

locación de servicios y de obra en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que dichas normas instauraron un mecanismo descentralizado para la celebración de

tales contratos y fijaron las competencias de los distintos funcionarios habilitados para

la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes;

Que por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del "Expediente Electrónico"

en los términos del apartado 4 del punto 6.3 "Digitalización de Procesos

Administrativos", contenido en el Capítulo III, Título II del Anexo I de la Ley N° 3.304,

referido al "Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y

Comunicación";

Que la Ley de Ministerios N° 4.013 establece que le corresponde a la Jefatura de

Gabinete de Ministros en forma conjunta con el Ministerio de Modernización diseñar,

coordinar y verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y

tecnologías de la información para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;

Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la

transparencia en la gestión, este Gobierno ha fomentado la estandarización de

procesos, y tareas inherentes a diferentes trámites administrativos;

Que en tal sentido, corresponde establecer que la contratación, modificación,

ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen en cuestión deberán

tramitar a través del Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos

Electrónicos -SADE-;

Que a su vez, se faculta al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as

Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los

funcionarios/as con rango o nivel equivalente a contratar, hasta un monto máximo de

Pesos veinte mil ($ 20.000) mensuales por contrato, bajo los regímenes de Locación

de Obras y Servicios;

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