Disposición Nº 56/GCABA/DGJRYM/15

FirmantesDe Stefano
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Justicia Registro y Mediación
Fecha de la disposición22 de Octubre de 2015

VISTO:

La Ley N° 269 y sus modificatorias, su Decreto Reglamentario N° 230/00, Ley N°

4.013, sus modificatorias y complementarias, los Decretos N° 660/11 y N° 154/12 y los

Expedientes N°

29.163.198/15, N° 29.160.996/15, N° 29.156.149/15, N°

29.145.802/15, N° 29.152.171/15.

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 4013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, mediante el Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura organizativa, dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, dentro de las responsabilidades primarias que la Subsecretaría de Justicia a

delegado en la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación se encuentra la de:

"Administrar y Supervisar el Registro de Registro de Deudores/as Alimentarios/as

Morosos/as...";

Que la Ley N° 269, creó el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as en el

ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha Ley determina en su artículo 3°, "la inscripción en el Registro o su baja se

hará sólo por orden judicial, ya sea de oficio o a petición de parte";

Que el Decreto N° 230/00, reglamenta el funcionamiento del mencionado registro y

establece en el artículo 8° - El responsable de Inscripciones tendrá a su cargo llevar el

Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as cuya inscripción sea requerida

por el Poder Judicial conforme las disposiciones del presente reglamento.

Que, atento las competencias asignadas a esta Dirección General de Justicia, Registro

y Mediación, corresponde el dictado de la pertinente disposición;

Por ello, y en uso de las facultades...

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