Disposición Nº 371/GCABA/DGSPR/14
Firmantes | Cocca |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 23 de Octubre de 2014 |
VISTO:
La Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), los Decretos N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436), y N°
394-GCABA/2013 (B.O N° 4248), la Disposición N° 303-DGSPR/2010, N°287-
DGSPR/2012 y la Carpeta N° 41-DGSPR/2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 287-DGSPR/2012 de fecha 10/10/2012, la firma GBA
SEGURIDAD S.R.L., con domicilio real en la calle Ortiz de Rosas N°1245, PB, Morón
Provincia de Buenos Aires, y constituido en Av. Corrientes N°1847, Piso 2° Dpto. "G" ,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue habilitada por el término de dos años,
para prestar servicios de seguridad privada, conforme Artículo 3° sin autorización de
uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b), y c) ; en los términos de la Ley N° 1913
y reglamentación aprobada por los Decretos N° 446-GCBA/2006 y N°394-
GCABA/2013;
Que el plazo de vigencia de dicha habilitación ha finalizado con fecha 09/10/2014;
Que ante el vencimiento de la habilitación, y el tiempo transcurrido sin que la
interesada haya iniciado el trámite de renovación de la habilitación, adjuntando la
documentación requerida al efecto, se dispone la baja de la empresa del Registro de
Seguridad Privada y se procederá al archivo de las actuaciones;
Que resulta necesario mantener actualizado el Registro de Prestadores de Seguridad
Privada, en los términos del Artículo 20 de la Ley N° 1913 y su reglamentación
aprobada por los Decretos N° 446-GCBA/2006 y N°394-GCABA/2013;
Que atento lo expuesto, corresponde ordenar la baja de la firma en cuestión del
Registro de Seguridad Privada;
Que asimismo, atento lo establecido por los Artículos 10 Inciso e) y 20 Inciso m) de la
Ley N° 1913 y su respectiva reglamentación aprobada por los Decretos 446-
GCBA/2006 y N°394 -GCABA/2013, corresponde dar de baja los Libros de Personal y
de Novedades que oportunamente fueran rubricados por esta Dirección General.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
SEGURIDAD S.R.L.; dejándose constancia que la misma deberá abstenerse de
prestar servicios de seguridad privada en jurisdicción de la Ciudad...
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