Disposición N° 455/GCABA/DGSP/06
Firmantes | Martínez |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 7 de Diciembre de 2006 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPOSICIÓN N° 455/ GCABA/ DGSP/ 06
COOPERATIVA DE TRABAJO SEGURIDAD INTEGRAL LIMITADA - AMPLÍA LOS TÉRMINOS DE LA DISPOSICIÓN N° 444-DGSP-06 - AUTORIZANDO EL USO DE ARMAS
Buenos Aires, 07/12/2006
Visto la Ley N° 1.913 (B.O. N° 2363), el Decreto N° 446/06 (B.O. N° 2436), la Disposición N° 444-DGSP/06 y la Carpeta N° 201-DGSSP/02, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 444-DGSP/06 de fecha 23/11/06, la Cooperativa de Trabajo Seguridad Integral Limitada ha sido habilitada por el término de un año, para prestar servicios de seguridad privada, sin autorización para el uso de armas, en las categorías establecidas por el artículo 3°, punto 2, incisos a), b) y c) de la Ley N° 1.913;
Que oportunamente, la firma de referencia denunció su domicilio real y constituyó el legal en la avenida Rivadavia 2431, 3° piso, oficina 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; designando a Alejandro Mario Ardanaz, DNI 11.830.217 como su director técnico;
Que por nota de fecha 24/11/06, la requirente solicita la ampliación de su habilitación a fin que se la autorice al uso de armas, en la prestación de los servicios de seguridad privada las categorías establecidas por el artículo 3°, punto 1, incisos a) y b) de la Ley N° 1.913;
Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General encontrarse inscripta como usuario colectivo, conforme Certificado N° 210.370 de fecha 3/6/05, recaído en Legajo/Expediente N° 9.760.334 del Registro Nacional de Armas;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1.913 para concederle la ampliación de la habilitación requerida autorizándola para el uso de armas;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE:
Ampliar los términos de la Disposición N° 444-DGSP/06, autorizando a la Cooperativa de Trabajo Seguridad Integral Limitada al uso de armas, en su desempeño como prestadora de servicios privada, en las categorías establecidas por el artículo 3°, punto 1, incisos a) y b) de la Ley N° 1.913.
La ampliación dispuesta precedentemente no modifica el plazo de vigencia de la...
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