Disposición N° 415/GCABA/DGSSP/05
Firmantes | Martínez |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 11 de Noviembre de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPOSICIÓN N° 415/ GCABA/ DGSSP/ 05
A.S.I.C. AGENCIA DE SEGURIDAD E INFORMES COMERCIALES S.A. - SE LE RENUEVA LA HABILITACIÓN COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA Y CUSTODIAS PERSONALES, CON AUTORIZACIÓN DE USO DE ARMAS
Buenos Aires, 11/11/2005
Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1.133/01 (B.O. N° 1260) y 627/02 (B.O. N° 1470), la Disposición N° 16-DGSSP/04 y la Carpeta N° 137-DGSSP/02, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 16-DGSSP/04 de fecha 28/1/04, la empresa A.S.I.C. Agencia de seguridad e informes comerciales S.A., con domicilio real y constituido en Bernardo de Irigoyen 350, 5° piso, oficina 13 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada por el término de un año, para prestar servicios de vigilancia privada y custodias personales, con autorización para el uso de armas, en los términos de las Leyes Nros. 118 y 963 y el Decreto N° 1.133/01;
Que con fecha 12/9/05, la firma antes mencionada, solicitó la renovación de dicha habilitación para un nuevo período anual;
Que la requirente ha designado director técnico en los términos de los arts. 14 y concordantes de la mencionada ley, al señor Jorge Horacio Ausilio, DNI 4.991.345;
Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627/02;
Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General encontrarse inscripta como usuario colectivo, conforme Dictamen N° 15.012 de fecha 4/12/03, recaído en Legajo/Expediente N° 9.760.332 del Registro Nacional de Armas;
Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la renovación de la habilitación de la firma interesada, conforme lo establece el art. 18 inc. a) de la Ley N° 118;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por las Leyes Nros. 118 y 963 y por el Decreto N° 1.133/01, para concederle la renovación solicitada;
Por ello, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 118, modificada por Ley N° 963 y su Decreto Reglamentario N° 1.133/01 y en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE
SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE:
Renuévase a partir del día de la fecha y por el término de un año...
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