Disposición N° 74/GCABA/DGPI/05

FirmantesLopatín
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Dirección General de Planeamiento Interpretativo
Fecha de la disposición23 de Marzo de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO

DISPOSICIÓN N° 74/ GCABA/ DGPI/ 05

INMUEBLE GUARDIA VIEJA 3360-62-64-66-68-70, P.B., E.P. Y 1° PISO - SE AUTORIZA LA LOCALIZACIÓN DE LOS USOS RESTAURANT, CANTINA, CASA DE LUNCH Y AFINES

Buenos Aires, 23/03/2005

Visto que por Expediente N° 55.091/04 se consulta sobre la posibilidad de localizar los usos Comercio minorista: restaurant, cantina, casa de lunch; café-bar, despacho de bebidas, whiskería, cervecería, confitería; salón de baile clase C, como actividad complementaria, en el local sito en la calle Guardia Vieja 3360/62/64/66/68/70, P. baja, entrepiso y piso 1°, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un predio localizado en el Distrito C3I (parágrafo 5.4.2.3) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449);

Que del estudio realizado por la Supervisión de Interpretación Urbana se concluye que no existirían inconvenientes, desde el punto de vista urbanístico, en acceder a la localización del uso local de baile clase C, como actividad complementaria, siempre que no exceda el 20% de la superficie total a habilitar;

Que los rubros Restaurante, cantina, casa de lunch; café-bar, despacho de bebidas, whiskería, cervecería, confitería, resultan ser actividades permitidas en el distrito que se trata;

Que según la Ley N° 123 de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto N° 1.352/02, el rubro local de baile clase C (actividad complementaria 20% sup.), tiene referencia s/c que indica: Actividad, proyecto y/o emprendimiento con o sin relevante efecto según correspondiere;

Que asimismo los rubros Restaurant, cantina, casa de lunch; café-bar, despacho de bebidas, whiskería, cervecería, confitería se categorizan como de impacto ambiental sin relevante efecto;

Que según lo expresado en Informe N° 623-CPUAM/04 y Informe N° 83-CPUAM/05, el Consejo del Plan Urbano Ambiental comparte las conclusiones expuestas por esta Supervisión de Interpretación Urbana en su Informe N° 4.847-DGPINT/04;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO

DISPONE:

Artículo 1°

Autorízase, desde el punto de vista urbanístico, en el predio sito en la calle Guardia Vieja 3360/62/64/66/68/70, P. baja, entrepiso y piso 1°, los usos Restaurant, cantina, casa de lunch; café-bar, despacho de bebidas, whiskería, cervecería, confitería; salón de baile clase C, como actividad complementaria...

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