Disposición N° 11/LCABA/SIYP/04

FirmantesLopatín
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConjuntas: (Ex) Dirección General de Planeamiento Interpretativo - (Ex) Secretaría de Infraestructura y Planeamiento
Fecha de la disposición26 de Enero de 2004

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTODIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO

DISPOSICIÓN N° 11/ LCABA/ SIYP/ 04

DISPONE QUE EL PROYECTO DE VIVIENDA UNIFAMILIAR PRESENTADO PARA EL PREDIO SITO EN LA CALLE CONSTANTINO GAITO 6094, ESQ. CALLE AIZPURUA 3747 CUMPLE CON LA NORMATIVA VIGENTE - PERMISO DE OBRA - BARRIO CORNELIO SAAVEDRA ZONA A

Buenos Aires, 26/01/2004

Visto el Expediente N° 52.458/03; por el que el propietario y el profesional interviniente consultan acerca del permiso de obra para la parcela sita en la calle Constantino Gaito 6094 esquina Aizpurua 3747, localizada en el Distrito U36 Barrio Cornelio Saavedra, Zona A de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, Ley N° 449 B.O. de la Ciudad de Buenos Aires N° 1044 de fecha 9 de octubre de 2000, Separata y Decreto N° 844 (B.O. N° 1742 de la Ciudad de Buenos Aires) y,

CONSIDERANDO:

Que se trata de una parcela en esquina en la cual se desarrollará una vivienda unifamiliar de baja densidad por lo que no alteraría el carácter esencial de la zona;

Que si bien se trata de una manzana atípica con lados curvos, al estar situada en el distrito U36, no estaría sujeta a cumplimiento de una L.F.I., sino de los retiros y FOS máximos permitidos;

Que respecto de las normas urbanísticas del Distrito de referencia: no supera el FOT permitido para el Distrito, FOT máximo = 1 (uno). No supera la altura máxima permitida para el Distrito, Plano limite = 8,50 m y las nuevas construcciones cumplen con las condiciones previstas para la ocupación de la parcela: FOS máximo = 40%;

Que respecto de los retiros de fondo propuestos, cumplimentaría con la exigencia de respetar un fondo libre de parcela equivalente al 30% de la superficie de la misma;

Que respecto de los retiros de frente propuestos, cumplimentaría con los retiros mínimos establecidos por la normativa para las calles Constantino Gaito, de 1,70 m y Aizpurua, de 4,00 m.

Que respecto de los retiros laterales, la norma prevé que para los retiros en parcelas de esquina se considerará el desarrollo sobre Líneas Oficiales hasta la intersección de sus prolongaciones sobre ochava. Cuando esta medida fuese menor a 16,00 m podrá apoyarse en una de las medianeras. En este caso, si bien ninguno de los dos desarrollos sobre Línea Oficial es menor a 16,00 m, podría aceptarse el apoyo sobre la medianera del lindero derecho, teniendo en cuenta que...

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