Disposición N 158/GCABA/DGFYME/11

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Ferias y Mercados
Fecha de la disposición10 de Mayo de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL FERIAS Y MERCADOS

DISPOSICIÓN N 158/GCABA/DGFYME/11SE PROCEDE A LA CADUCIDAD DEL PERMISO DE USO PRECARIO OTORGADO A FAVOR DE DANIEL EDUARDO PIGRETTI

Buenos Aires, 10 de mayo de 2011

DISPOSICIÓN N.° 158/DGFYME/11.

Buenos Aires, 10 de mayo de 2011

VISTO:

la Ley 2506, el Decreto N° 2075-GCBA/07, los Decretos N° 132-GCBA/08, N° 755-GCBA/09, N° 1017-GCBA/09, la Ordenanza N° 47046/CJD/93, la Ordenanza N° 33266/MCBA/76, el Decreto N° 1510/97, y;

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2.506 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creándose el Ministerio de Ambiente y Espacio Público y;

Que por Decreto N° 2075-GCBA/07 y sus modificatorios N° 132-GCBA/08 N° 755/09, se aprobó y modificó respectivamente, la estructura orgánica funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creándose la Subsecretaría de Uso del Espacio Público dependiente del citado Ministerio, y bajo su órbita a la Dirección General de Ferias y Mercados;

Que por Decreto N° 1017-GCBA/09 se creó la estructura orgánica funcional de esta Dirección General de Ferias y Mercados, modificándose las responsabilidades primarias establecidas en el Decreto N° 2075-GCBA/07;

Que en el Decreto N° 2075-GCBA/07 y sus modificatorios se establece que la Dirección General de Ferias y Mercados es Autoridad de Aplicación de la Ordenanza N° 47046/CJD/93;

Que la Ordenanza N° 47046/CJD/93 regula el funcionamiento de las actividades feriales de "Compra-venta y canje de revistas y libros usados", "Compra-venta y Canje de Cassettes y discos usados", "Compra-venta y canje de objetos de filatelia y numismáticas" y "Manualidades";

Que en su art. 2 determina los emplazamientos feriales contemplado entre los mismos al de "Parque Los Andes";

Que la Ordenanza N° 47046-CJD/93 en su art.. 7 establece que "los permisos son de carácter precario, personal, intransferible y gratuito";

Que conforme a la Ordenanza N° 33266/MCBA/76 que reglamenta el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la ciudad establece en su art. 11.5.5 "Si el permisionario titular no ejerciera la actividad, exceptuando los casos de enfermedad acreditada ante el organismo competente, configurará abandono del permiso declarándose la caducidad del mismo".

Que el art. 61 del Decreto N° 1510/97 establece los medios mediante...

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