Disposición N 35/GCABA/DGIUR/09

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2009

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPOSICIÓN N 35/GCABA/DGIUR/09SE AUTORIZA LOCALIZACIÓN DE USOS PARA EL INMUEBLE SITO EN NUEVA YORK 3670

Buenos Aires, 09 de enero de 2009

DISPOSICION N.° 35/DGIUR/09.

Buenos Aires, 9 de enero de 2009

VISTO:

La Presentación Agregar N° 1 del Expediente N° 6.013/2007 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Elaboración de productos de panadería con venta directa al público, elaboración de masas, postres y sandwiches", en el inmueble sito en la calle Nueva York N° 3670, UF N° 3, Planta Baja y Entrepiso, con una superficie a habilitar de 89,65m², y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito R1bI de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007 (BOCBA N° 2.772), modificada por la Ley N° 2216 y Resolución N° 254-MMAGC-07;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N° 2251-DGIUR-2008, informa que esta modificatoria (Ley N° 2216) indica que el ejido de la Ciudad los establecimientos que desarrollan actividades de Industria Manufacturera o de Reparación y Mantenimiento que no figuren en el Cuadro 5.2.1.b como N.P.C. y que resulten de uso no conforme por cualquiera de las disposiciones de este Código, podrán recuperar su condición de conforme cumpliendo con la inscripción en el Registro de Actividades Industriales, con el procedimiento establecido en la Ley N° 123 y su reglamentación emergente para obtener el Certificado de Aptitud Ambiental y la incorporación, a criterio de la autoridad de aplicación de la Ley N° 123, al Plan Buenos Aires Produce Más Limpio. En el art. 7° aclara que las actividades productivas a desarrollarse en los distritos de zonificación R1a, R1bI y R1bII sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido en el artículo 6° de la presente, el Consejo evaluará en cada caso, la conveniencia o no de su localización;

Que por otra parte la Resolución N° 254-MMAGC-07 deja sin efecto el Cuadro de Usos 5.2.1.b) según pautas de unificación del Anexo VI del Decreto N° 1352/02...

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