Disposición 400/2023

Fecha de publicación23 Mayo 2023
SecciónDisposiciones
EmisorDIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS


Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-48979468-APN-DRRHH#RENAPER, las Leyes N° 17.671 y sus modificatorias, y N° 27.701, los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, N° 79 del 27 de diciembre de 2019, N° 415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio N° 103 del 2 de marzo de 2022, la Resolución N° 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria, la Disposición N° 652 del 15 de junio de 2022 de esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 415/21 y su modificatorio N° 103/22 se homologó el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, en la que en su cláusula tercera se acordó, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023, que el personal permanente comprendido en dicho Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial que reuniera los requisitos para el acceso a un nivel escalafonario superior y hasta un máximo de DOS (2) niveles podrá solicitar su reubicación manifestando por escrito su intención, conforme el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito que el Estado Empleador establezca, previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).

Que por la Resolución N° 53/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria se aprobó el mencionado Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, que revista en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los Niveles A, B, C, D y E del citado Convenio, quienes podrán ascender hasta un máximo de DOS (2) Niveles.

Que mediante la Disposición N° 652/22 de esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, se dio inicio al proceso para la implementación del Régimen de Valoración para a Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO...

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