Disposición 4/2022
Fecha de publicación | 20 Abril 2022 |
Sección | Disposiciones |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES |
Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2022
VISTO el Expediente N° EX-2021-76139985- -APN-DGD#MTR, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2021, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, los Decretos N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, Nº 863 de fecha 19 de mayo de 2015, N° 446 de fecha 28 de junio de 2019, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, las Decisiones Administrativas N° 306 de fecha 13 de marzo de 2018, N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020, N° 738 del 26 de julio de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520, creando - entre otros- el MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que mediante el Decreto Nº 863 de fecha 19 de mayo de 2015 se aprobó el Modelo de Contrato Préstamo ARG23/2015 destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Integración Ferroviaria Argentino Boliviana para el Desarrollo Económico y Regional - Ramal C 15 Ferrocarril General Belgrano” suscripto con fecha 25 de junio de 2015 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA).
Que por el artículo 4° de dicho Decreto, se designó al entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a través de la Unidad Ejecutora Central (UEC), como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Integración Ferroviaria Argentino Boliviana para el Desarrollo Económico y Regional - Ramal C 15 Ferrocarril General Belgrano”, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Proyecto, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la presente medida.
Que por el Decreto N° 446 de fecha 28 de junio de 2019 se aprobó el Modelo de Acuerdo Modificatorio N° 1 del Contrato de Préstamo ARG-23/2015, suscripto con fecha 5 de agosto de 2019 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), por el que se modificó el objeto del citado contrato de préstamo, a fin que FONPLATA financie parcialmente el aporte de contrapartida local comprometido por el Prestatario para la ejecución del “Proyecto de Mejoramiento de la Conectividad Ferroviaria a Constitución – Ferrocarril Belgrano Sur”.
Que por el citado Decreto N° 446 de fecha 28 de agosto de 2019 se convino que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del Financiamiento de FONPLATA serán llevadas a cabo en su totalidad por el Prestatario, por intermedio del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en adelante denominado “Organismo Ejecutor” a través de la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales, de cuya capacidad legal y financiera para actuar como tal deja constancia el Prestatario (art. 1.04).
Que por el artículo 35 inciso h) del Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 se dispuso que, en caso de autorización y aprobación de gastos referidos a recursos provenientes de operaciones o contratos con Organismos Financieros Internacionales, se dará cumplimiento a las normas establecidas en cada contrato de préstamo, y supletoriamente a la legislación local.
Que, asimismo, por la Decisión Administrativa N° 306 de fecha 13 de marzo de 2018 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE TRANSPORTE...
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