Disposición 282. DI-2018-282-APN-ANSV#MTR

EmisorAGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2018

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 282/2018

DI-2018-282-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2018

VISTO el expediente EX-2018-35999505-APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales Nros. 19.511, 24.449, 25.650, 26.353 y 26.363, los decretos reglamentarios Nros. 779/95, 1232/07, y 1716/08, las Disposiciones ANSV Nros. 35/10 y 294/10, la Disposición de la Secretaría de Comercio Interior N° 299/13, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO, la provincia de JUJUY, ha solicitado la intervención de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en su carácter de autoridad máxima nacional en materia de seguridad vial, a fin de que la misma proceda a otorgar la Homologación y Autorización de Uso de DOS (2) radares cinemómetros de instalación móvil, marca TRUCAM, modelo LTI20/20, Nros. de serie 5189 y 5190, para ser utilizados dentro del territorio de la provincia, en las Rutas Nacionales Nros. 9, 34, 52 y 66, en ambos sentidos de circulación.

Que los cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil referidos cuentan con la aprobación de modelo expedida por la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR mediante Disposición N° 299 de fecha 22 de noviembre de 2013, con los Certificados de Verificación Primitiva expedidos por la Dirección Nacional de Comercio Interior; y con los Informes de Verificación Primitiva emitidos por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.

Que los cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil cumplen con las especificaciones y tolerancias reglamentarias de la normativa vigente de conformidad con lo regulado en los apartados 2, 3, 5 y 6 del Anexo II del Decreto N° 1716/2008.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecido en el art 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 tiene como función autorizar la colocación en caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de Infracciones, como también, el uso de estos sistemas por las autoridades de constatación, previendo que las homologaciones y verificaciones del funcionamiento de los mismos deberá coordinarse con los demás organismos nacionales competentes en la materia, de conformidad con las Leyes N° 19.511 y N° 25.650.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecen los apartados 1 y 10 del Anexo II del Decreto N° 1716/2008 es responsable por la homologación de los dispositivos automáticos o semiautomáticos, fotográficos o no, que se utilicen para la constatación de infracciones de tránsito en caminos, rutas y autopistas y del uso manual de los sistemas, estando facultada para autorizar la colocación de cinemómetros controladores de velocidad.

Que la presente medida representa...

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