Disposición 796/2010

Fecha de disposición06 Julio 2010
Fecha de publicación06 Julio 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31938

Bs. As., 29/6/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0194700/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, lo dispuesto en la Ley Nº 24.467 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1076 de fecha 24 de agosto de 2001, 1366 de fecha 1 de octubre de 2009, y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1º del Decreto Nº 1365 de fecha 1 de octubre de 2009, se sustituyó el Artículo 1º de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, creando el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

Que mediante el Artículo 2º del Decreto Nº 1365/09 se sustituyó el Artículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, atribuyéndole competencias al MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

Que mediante el Decreto Nº 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Centralizada hasta nivel Subsecretaría del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO asignándole a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del citado Ministerio, competencia en todo lo relativo a las Micro,

Pequeñas y Medianas Empresas.

Que mediante el Decreto Nº 1458 de fecha 8 de octubre de 2009 se sustituyó la denominación de MINISTERIO DE INDUSTRIA por la de MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 y sus modificatorias, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1366/09.

Que mediante la Resolución Nº 86 de fecha 22 de septiembre de 1998 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, se autorizó a funcionar a la Sociedad de Garantía Recíproca AVALUAR S.G.R.

Que mediante la Ley Nº 24.467 y sus modificatorias se estableció que los aumentos de los Fondos de Riesgo de las Sociedades de Garantía Recíproca autorizadas, deberán ajustarse a los procedimientos de aprobación que fije la Autoridad de Aplicación.

Que mediante la Disposición Nº 128 de fecha 22 de febrero de 2010 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIAYTURISMOfueronrecopilados,ordenadosynuevamenteestablecidoslosprocedimientos que deben observar las Sociedades de Garantía Recíproca para solicitar aumentos de su Fondo de Riesgo.

Que la Sociedad de Garantía Recíproca AVALUAR S.G.R. presentó la documentación solicitada de acuerdo a la normativa vigente y un Plan de Negocios con documentación respaldatoria a efectos de que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑAY MEDIANA...

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