Disposición 21/2022

Fecha de publicación22 Noviembre 2022
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL


Rosario, Santa Fe, 17/11/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-72380573- -APN-DGD#MAGYP del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido por la Resolución Nº 763 de fecha 17 de agosto de 2011 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la autorización para la liberación comercial de un Organismo Vegetal Genéticamente Modificado (OVGM) se otorga en base a TRES (3) dictámenes técnicos independientes.

Que la firma INSTITUTO AGROBIOTECNOLOGIA ROSARIO S.A. (INDEAR S.A.), se presentó solicitando la autorización comercial de la soja del evento DNB-Ø8ØØ2-3 (Denominación OCDE) y de toda la progenie derivada de los cruzamientos de este material con cualquier soja no modificada genéticamente.

Que la COMISIÓN NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGÍA AGROPECUARIA (CONABIA) se ha expedido mediante el Documento de Decisión respecto del evento DNB-Ø8ØØ2-3 (Denominaciones OCDE) en el cual se expresa que “la información presentada en relación al evento DBN-Ø8ØØ2-3, se evidencia que los riesgos de bioseguridad derivados de la liberación a gran escala de su cultivo no difieren de los inherentes al cultivo de soja no GM”.

Que se ha dado por cumplido el Punto H y H.1 del Anexo I a la Resolución Nº RESOL-2021-32-APN-SABYDR de fecha 4 de marzo de 2021 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, publicándose con fecha 10 de agosto de 2021 en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA la convocatoria para la recepción de comentarios sobre los Documentos de Decisión emitidos por la COMISIÓN NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGÍA AGROPECUARIA (CONABIA), sin que se hayan recibido comentarios.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se ha expedido al respecto conforme el Documento de Decisión correspondiente mediante el cual concluye que: (…) no se encontraron objeciones científicas para su aprobación desde el punto de vista de la aptitud alimentaria humana y animal”.

Que asimismo expresa que “en función del conocimiento científico actualmente disponible y de los requisitos y criterios internacionalmente aceptados, no se encuentran reparos para la aprobación para consumo humano y animal de la soja portadora del evento de transformación DBN-Ø8ØØ2-3, en virtud de lo previsto en la Resolución Nº...

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