Disposición 33/2009

Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2009

-Fdo.: GUILLERMO D. BOGADO, Administrador Aduana Oberá, Dir. Regional Aduanera Posadas.

  1. 27/11/2009 Nº 111286/09 v. 27/11/2009 TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION Acordada AA-2231/2009

En Buenos Aires, a diecisiete días del mes de noviembre de dos mil nueve, siendo las quince horas, se reúnen los miembros del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, cuyas firmas obran al pie de la presente, con la Presidencia del Dr. Ignacio J. BUITRAGO, a efectos de considerar la integración de las Salas que funcionarán durante la Feria Judicial del mes de enero del año 2010, entre los días 1º al 31, como así también el horario de atención al público durante dicho receso. Luego de un cambio de opiniones los señores Vocales ACORDARON

ARTICULO 1º

Disponer que durante el período de feria comprendido entre los días 1 y 31 de enero de 2010, el Tribunal de Feria se integrará con una Sala con competencia impositiva y una Sala con competencia aduanera. Cada una de esas Salas se integrará con un mínimo de dos Vocales.

Si integrada con ese mínimo no existiera acuerdo en las votaciones de esos dos vocales en alguna causa a resolver; se convocará a un tercer Vocal de la respectiva competencia.

ARTICULO 2º

Disponer que actúe como Sala de Feria con competencia impositiva la integrada por el Dr. José BOSCO y la Dra. María Isabel SIRITO del 1º al 10 de enero, el Dr. Agustín TORRES del 11 al 17 de enero, el Dr. Carlos Antonio PORTA del 11 al 31 de enero, el Dr. Ignacio Josué BUITRAGO del 18 al 31 de enero, el Dr. Juan Carlos VICCHI del 1º al 10 de enero, el Dr. Sergio P. BRODSKY del 11 al 17 de enero y el Dr. Juan Pedro CASTRO del 18 al 31 de enero. Como Sala de Feria con competencia aduanera, actuará la integrada por la Dra. Cora Marcela MUSSO y el Dr. Jorge Celso SARLI del 1º al 17 de enero, y las Dras. Dora Paula WINKLER y Catalina GARCIA VIZCAINO del 18 al 31 de enero; siendo convocados de darse la circunstancia mencionada en el artículo 1º el Dr.

Gustavo Augusto KRAUSE MURGUIONDO del 1º al 17 inclusive y el Dr. Ricardo Xavier BASALDUA del 18 al 31 de enero. El período comprendido desde el 1º al 10 de enero de 2010, la Presidencia del Tribunal será ejercida por la Dra. María Isabel Sirito y entre el 11 y el 17 de enero será ejercida por el Dr. Agustín TORRES.

El horario de Mesa de Entradas y atención al público durante el período de receso judicial será de 9:30 hs. a 12:00 hs.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Con lo que terminó el acto siendo las dieciséis y treinta horas. -- Dr. IGNACIO J. BUITRAGO, Presidente. -- RICARDO XAVIER BASALDúA, Vocal. -- JOSE EDUARDO BOSCO, Vocal. -- JUAN PEDRO CASTRO, Vocal. -ERNESTO CARLOS CELDEIRO, Vocal. -- Dra. CATALINA GARCíA VIZCAíNO, Vocal. -- CORA M.

MUSSO, Vocal. -- CARLOS ANTONIO PORTA, Vocal. -- JORGE CELSO SARLI, Vocal. -- MARIA ISABEL SIRITO, Vocal. -- Dr. AGUSTIN TORRES, Vocal. -- ESTEBAN JUAN URRESTI, Vocal. -JUAN CARLOS VICCHI, Vocal.

  1. 27/11/2009 Nº 110768/09 v. 27/11/2009 MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL Disposición Nº 33/2009

Bs. As., 24/11/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0468634/2009 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, lo dispuesto en las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, en los Decretos Nros. 748 de fecha 29 de agosto de 2000, 871 de fecha 6 de octubre de 2003, 159 de fecha 24 de febrero de 2005, 26 de fecha 16 de enero de 2009, 1365 de fecha 1 de octubre de 2009, 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009, y CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de los Decretos Nros. 1365 de fecha 1 de octubre de 2009 y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009 se sustituyó el Artículo 1º de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, creando el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

Que mediante el Artículo 2º del Decreto Nº 1365/09 se sustituye el Artículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, atribuyéndole competencias al citado Ministerio.

Que mediante el Decreto Nº 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada hasta nivel Subsecretaría del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, asignándole a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del citado Ministerio, competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a la Ley Nº 25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas fue creado mediante el dictado del Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000, el cual fue a su vez modificado ulterior y parcialmente mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de 2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.

Que el Decreto Nº 159/05, en su Artículo 3º, prevé la posibilidad de celebrar convenios con el fin de bonificar la tasa, siempre que se aseguren mejores condiciones a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, como banca Pública Nacional manifiesta su constante voluntad de permanecer involucrado en el desarrollo productivo del país, a través del compromiso con el sector de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que el BANCO DE LA NACION ARGENTINA otorgará los créditos imputados al presente convenio en el marco de la 'Línea de Financiamiento de Inversiones de Actividades para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Reglamentación Nº 400 - Condiciones Especiales para el Sector Turismo', con el objetivo particular de fomentar dicha actividad en el ámbito nacional.

Que en virtud de lo que antecede la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA celebran el presente convenio comprometiéndose al otorgamiento de préstamos de conformidad con lo establecido por el Régimen de Bonificación de Tasas, en el marco de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por las Leyes Nros.

24.467 y 25.300, y los Decretos Nros. 748/00, 871/03, 159/05, 1366/09 y 1458/09.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL DISPONE:

ARTICULO 1º

Apruébase el texto del modelo de convenio a suscribir entre la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el que como Anexo, con DIEZ (10) hojas y DIECISEIS (16) Cláusulas, forma parte integrante de la presente...

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