Disposición 2/2009

Fecha de disposición23 Octubre 2009
Fecha de publicación23 Octubre 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31765

Rojo de Selectividad. A tal efecto se verificará físicamente que las mercaderías se corresponden con la glosa de la posición arancelaria por la cual ellas clasifican como también con su correspondiente apertura SIM, en caso de así corresponder.

Art. 5º

El requerimiento a que se hace referencia en el artículo anterior, se ajustará a las condiciones y modalidades dispuestas por las Resoluciones Nros. 763/96 y 381 de fecha 1 de noviembre de 1996 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sus normas complementarias y disposiciones aduaneras que las reglamentan.

Art. 6º

La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial por el término de CINCO (5) años.

Art. 7º

La publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial se tendrá a todos los fines como notificación suficiente.

Art. 8º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Débora A. Giorgi.

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 2692

Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias. Nómina de sujetos comprendidos.

Bs. As., 16/10/2009

VISTO las Actuaciones SIGEA Nros. 11343-37-2009, 12024-3862-009 y 12024-387-2009 del Registro de esta Administración Federal, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º de la referida norma, corresponde informar la identificación de los agentes de retención que han quedado excluidos del mencionado régimen.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º

Modifícase el Anexo I de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias --texto según Anexo I de la Resolución General Nº 875--, en la forma que se detalla seguidamente:

- Elimínase al contribuyente que se indica a continuación:

'30-65931781-4 MOLINO PEHUAJO S A' Art. 2º -- Modifícase el Anexo V de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias --texto según Resolución General Nº 1126--, en la forma que se detalla seguidamente:

- Elimínanse a los responsables que se indican a continuación:

'30-70733628-1 MENDOZA DISTRIBUCIONES S H DE CAVIASSO D M Y HUETAGOYENA E D' '20-10689108-8 SANTOS, JORGE ENRIQUE' Art. 3º -- Lo establecido en los Artículos 1º y 2º tendrá efectos a partir del día 1 de noviembre de 2009, inclusive.

Art. 4º

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Ricardo Echegaray.

IMPUESTOS Resolución General 2691

Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias. Nómina de sujetos comprendidos.

Bs. As., 16/10/2009

VISTO las Actuaciones SIGEA Nros. 11415-324-2008, 11799-100-2009 y 10770-196-2009 del Registro de esta Administración Federal, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º de la referida norma, corresponde informar la identificación de los agentes de retención que han quedado excluidos del mencionado régimen.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º

Modifícase el Anexo I de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias --texto según Anexo I de la Resolución General Nº 875--, en la forma que se detalla seguidamente:

- Elimínanse a los contribuyentes que se indican a continuación:

'33-56496202-9 CATAMARCA RIOJA REFRESCOS S A C I F I' '30-70731342-7 MOLINOS CERRIBAL S A' Art. 2º -- Modifícase el Anexo V de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias --texto según Resolución General Nº 1126--, en la forma que se detalla seguidamente:

- Elimínase al responsable que se indica a continuación:

'33-54271944-9 EL CALAFATE SOCIEDAD COMERCIAL COLECTIVA' Art. 3º -- Lo establecido en los Artículos 1º y 2º tendrá efectos a partir del día 1 de noviembre de 2009, inclusive.

Art. 4º

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Ricardo Echegaray.

DISPOSICIONES Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Disposición 2/2009

Convócase a Concurso Público para la presentación de proyectos para las empresas manufactureras o transformadoras de productos industriales.

Bs. As., 20/10/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0395754/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, lo dispuesto en la Ley Nº 25.300, en los Decretos Nros. 1074 de fecha 24 de agosto de 2001, 400 de fecha 23 de abril de 2007, 26 de fecha 16 de enero de 2009, 1365 de fecha 1 de octubre de 2009, 1366 de fecha 1 de octubre de 2009, 1458 de fecha 8 de octubre de 2009 y en la Disposición Nº 240 de fecha 3 de julio de 2009 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1º del Decreto Nº 1365 de fecha 1 de octubre de 2009 se sustituyó el Artículo 1º de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones creando el ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que mediante el Artículo 2º del Decreto Nº 1365/09 se sustituye el Artículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones atribuyéndole competencias al ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que mediante el Decreto Nº 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada hasta nivel Subsecretaría del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑAY MEDIANA EMPRESA del entonces citado Ministerio, competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación...

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