Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A, 20 de Febrero de 2018, expediente CPE 001245/2016/CA001

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2018
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 1245/2016/CA1 Registro Interno N° 47/2018 “F.D.F S.R.L. Y OTRO S/INF LEY 16.463

CPE 1245/2016/CA1 - ORDEN N° 31.313 – Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 3, Secretaría Nº 6 - SALA "A".

AP (JJA)

Buenos Aires, 20 de febrero de 2018.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por el letrado apoderado de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica contra la resolución del juez que declaró la caducidad de instancia en el trámite de una ejecución fiscal.

Y CONSIDERANDO:

Que desde la última actuación fechada el día 16 de mayo de 2017 ha transcurrido el plazo establecido por el artículo 310, inciso 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Que ese plazo se computa tanto desde la última gestión de las partes como desde las resoluciones o actuaciones del tribunal, de conformidad con lo previsto por el artículo 311 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Por lo que SE

RESUELVE:

CONFIRMAR la resolución apelada. Con costas.

R., notifíquese y devuélvase.

Se deja constancia de que firman únicamente los suscriptos...

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