Decreto Nro. 423 - EX-2023-01242127-GDEMZA-DACC#MEIYE

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2023

MENDOZA, 17 DE MARZO DE 2023

Visto el expediente EX-2023-01242127-GDEMZA-DACC#MEIYE, en el cual se solicita efectuar un aporte al FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO COMPENSADOR AGRÍCOLA; y

Considerando:

Que en virtud de las políticas fijadas para atender a las pérdidas por contingencias climáticas, se dispuso proveer una herramienta transparente, eficaz y reparadora para mitigar las pérdidas que se producen y permitir la continuidad productiva del agricultor ayudando a hacer frente a los costos que debe afrontar mediante un Fondo Compensador;

Que por Decreto Nº 2162/12 fue aprobado el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo Compensador Agrícola entre la Provincia de Mendoza y “MENDOZA FIDUCIARIA SOCIEDAD ANÓNIMA”;

Que mediante la figura del fideicomiso, se prevé concretar la asistencia a los productores que formen parte del “Programa de Compensación de Daños por Contingencias Climáticas”, mediante el otorgamiento de una compensación tendiente a mitigar las consecuencias por accidentes climáticos;

Que el Patrimonio del Fideicomiso puede ser incrementado por aportes que determine integrar el Poder Ejecutivo Provincial, es decir, que el patrimonio fideicomitido puede ser ampliado por el fiduciante mediante nuevos aportes;

Que dado que el CONTRATO DE FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO COMPENSADOR AGRÍCOLA no prevé un mecanismo específico para efectuar nuevos aportes, el mismo se puede realizar mediante decreto del Poder Ejecutivo, con comunicación al fiduciario, a fin de que cumpla con la manda fiduciaria;

Por ello, de acuerdo con los Artículos 46 y 59 de la Ley Nº 9433, el Artículo 26 del Decreto Reglamentario Nº 191, el Artículo 93 de la Ley 8530 y dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Energía,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1°

Otórguese un aporte al FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO COMPENSADOR AGRÍCOLA por la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES ($ 751.000.000,00) de acuerdo con lo dispuesto en los considerandos del presente decreto.

Artículo 2°

El gasto que demande lo dispuesto por la presente norma será atendido por Tesorería General de la Provincia con cargo a la Cuenta General C96148...

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