Decreto Nro. 1831 - EX-2018-00005189

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición31 de Octubre de 2018

MENDOZA, 31 DE OCTUBRE DE 2018.

Visto los expedientes EX-2018-00005189-GDEMZA-MGTYJ y 3199-D-2016-77739, en el primero de los cuales Da. MARÍA JOSÉ MEDINA, interpone Recurso Jerárquico contra la Resolución Nº 1071/17, emanada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada norma legal, se ratificó la Resolución Nº 390/16, emanada de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, que dispuso la revocación del ingreso a la Administración Pública Provincial de Da. María José Medina, D.N.I. Nº 35.200.288, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 12 del Decreto-Ley Nº 560/73.

Que la Resolución Nº 390/16-DINAF, tuvo su origen en el expediente 3199-D-2016-77739, en el cual obran antecedentes de reiteradas faltas injustificadas y de cumplimiento y compromiso en el desempeño de la actividades de la Sra. María José Medina, no ajustándose al cargo asignado oportunamente.

Que Asesoría de Gobierno en su dictamen obrante en orden 43 -Archivos de Trabajo (págs. 1/6)- del expediente EX-2018-00005189-GDEMZA-MGTYJ, analiza las siguientes consideraciones:

  • En cuanto a los requisitos formales de procedencia del recurso articulado, los mismos han sido cumplimentados, toda vez que ha sido interpuesto en legal tiempo y forma, a tenor de lo dispuesto por el Art. 179 y concordantes de la Ley Nº 9003, debiendo entenderse que la recurrente ha ejercido la opción que autoriza el segundo párrafo de dicho artículo, en tanto no resulta necesaria la articulación de la revocatoria previa, razón por la cual se entiende que el recurso de referencia debe ser admitido desde el punto de vista formal.
  • En cuanto al aspecto sustancial de la cuestión y a los efectos de arrojar un poco de claridad sobre el confuso desarrollo del procedimiento tramitado en el expediente EX-2018-00005189-GDEMZA-MGTYJ, así como en sus expedientes relacionados, merecen destacarse los siguientes antecedentes:
  • La Sra. María José Medina fue designada en forma efectiva, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 772/15, ratificado por Ley Nº 8798, en un cargo de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, con funciones a cumplir en la ex Dirección de Protección de Derechos, a partir del día 29 de noviembre de 2015.
  • Formalmente su designación se concretó mediante Resolución Nº 925 de fecha 19 de noviembre de 2015 emanada del ex Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, con vigencia a partir del 29/11/2015.
  • Con fecha 27/05/2016, es decir dos (2) días antes del vencimiento del plazo de seis (6) meses establecido por el Art. 12 del Decreto-Ley Nº 560/73, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dictó la Resolución Nº 390/16, mediante la cual se revocó el acto administrativo que dispuso el ingreso de la Sra. María José Medina, D.N.I. Nº 35.200.288, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12 del Decreto-Ley Nº 560/73 por entender que la Sra. Medina incurrió en incumplimiento de lo dispuesto por el Art. 45 de la Ley Nº 5811, en consecuencia la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, revocó la Resolución Nº 925/15-MDSyDH.
  • De los considerandos de la Resolución Nº 390/16-DINAF, surge que se han tenido en cuenta, a los efectos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR