Decreto Nº 313/GCABA/13

FirmantesMACRI - Chaín - Bullrich - Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición26 de Julio de 2013

VISTO:

La Ley N° 4.013, la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nros.

1.254/08, 663/09 y 660/11, el Expediente N° 914.412/13, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 4.013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 660/11, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los objetivos y

responsabilidades primarias de las Unidades de Organización que lo componen;

Que en el marco normativo descripto el Ministerio de Desarrollo Urbano encomendó a

la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura la

confección de los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas

Generales y Particulares correspondientes a la Licitación Pública referida a la obra

"Escuela N° 24 Francisco Morazán -Escuela Infantil N° 8-Distrito 15 e Instituto Superior

de Profesorado de Educación Especial (ISPEE)", a ejecutarse en los predios sitos en

la calle Pedro Ignacio Rivera Nros. 4221/4253 y en la calle Holmberg Nros. 2754/2762,

los que se acompañan como Anexos I, II y III al presente;

Que por el Decreto N° 1.254/08 y su modificatorio Decreto N° 663/09, se aprobó el

Pliego de Bases y Condiciones Generales para las Obras Públicas Mayores;

Que el presupuesto oficial para la ejecución de la referida obra asciende a la suma

total de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES TREINTA Y SIETE MIL

NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON SESENTA Y UN CENTAVOS

($ 64.037.935,61);

Que obran en estas actuaciones las afectaciones presupuestarias correspondientes;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218.

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE...

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