Decreto N° 1.028

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición23 de Junio de 2014

DECRETO N° 1.028

Mendoza, 23 de junio de 2014

Visto el expediente 667-H-13-04513, en el cual el Ministerio de Salud solicita la designación interina en el Agrupamiento 6 -Mantenimiento y Producción- de Dn. Eduardo Javier Palma, en el Hospital "Carlos F. Saporiti"; y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra vacante el cargo de Clase 010 - Cód. 15-6-01-03, Unidad Organizativa 17 - Carácter 2.

Que a fs. 60 del expediente 667-H-13-04513, obra autorización del Sr. Gobernador conforme al procedimiento dispuesto por el Art. 1° del Decreto-Acuerdo N° 155/14.

Que a la fecha de este Decreto el Poder Ejecutivo ha debido reimplantar para el año 2014 el presupuesto aprobado por la Ley N° 8.530 en sus partidas ordinarias, entendiendo por tales a todos aquellos recursos o gastos habituales y necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Estado, incluyéndose además, las disposiciones que dan operatividad a dichas partidas, quedando excluidas las partidas extraordinarias, entendiendo por tales a los recursos y gastos atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperando en el futuro, según lo establecido en el Artículo 99 inc. 3 de la Constitución Provincial, Artículo 5 y Capítulo XI - de la reconducción del presupuesto de la Ley N° 3.799 y demás disposiciones establecidas por la Ley N° 8.667.

Por ello, en razón del pedido formulado, lo informado por la Subdirección de Personal, la conformidad de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y según lo dispuesto por los Arts. 51 inc. a), 53, 54, 56 y 69 de la Ley N° 8530 y Arts. 20, 21, 22, 24 y 47 del Decreto Acuerdo N° 354/13 y Decreto-Acuerdo N° 2555/13.

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Exceptúese del congelamiento de vacantes previsto en el Art. 53 de la Ley N° 8530, lo dispuesto en el presente decreto, conforme lo establecido por el Art. 21 del Decreto-Acuerdo N° 354/13.

Artículo 2°

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente de la Administración Pública Provincial y transfiérase al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, el cargo vacante, en la forma que se indica en la Planilla Anexa que forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 3°

Desígnese interinamente a...

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