Decreto Nº 1.956

EmisorMin. Infraestructura
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2010

DECRETO Nº 1.956

Mendoza, 24 de agosto de 2010

Vista la Ley N° 8095 que ratifica el Convenio Marco del "Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas" al que refiere el Decreto Nº 1469/2009, el "Acuerdo de Adhesión a la Propuesta de Reconversión del Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas" y la "Carta Compromiso" a los que refiere el Decreto Nº 1471/2009; y

CONSIDERANDO:

Que la Carta Compromiso prevé por parte del Instituto Provincial de la Vivienda ("IPV") la constitución de un fideicomiso financiero (el "Fideicomiso Financiero"), el que contemplará la emisión de Valores Representativos de Deuda ("VRD") que tendrán como fuente de pago los bienes fideicomitidos y la cesión fiduciaria de los siguientes activos del IPV: a) La recaudación proveniente de Créditos derivados de la adjudicación de viviendas bajo el Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas (la "Recaudación por Créditos"); b) Los recursos que corresponde percibir al Instituto, con imputación al FOPROVI, por parte del Estado Nacional en virtud de la Ley Nacional 24.464 y modificatorias y la Ley 6323 (el "Flujo FONAVI"); y c) otros activos indicados en el contrato que regirá el Fideicomiso Financiero (el "Contrato de Fideicomiso Financiero").

Que como producto de las negociaciones mantenidas entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Nación Fideicomisos S.A. tendientes a la estructuración y constitución del Fideicomiso Financiero, se ha alcanzado un texto consensuado de Prospecto y de Contrato de Fideicomiso Financiero, que obran a fojas 1/75 del expediente Nº 4104-P-2010-3794.

Que las distintas partes que intervienen en la estructuración de esta operación de financiamiento han visto conveniente que el Flujo FONAVI sea asignado a un fideicomiso de garantía, del cual será beneficiario el fiduciario del Fideicomiso de garantía con el Banco de la Nación Argentina o la entidad financiera que a tal efecto se designe como fiduciario (el ",Contrato de Fideicomiso de Garantía"), que es un anexo del Contrato de Fideicomiso Financiero y en el cual se prevé instruir al Banco Hipotecario en su carácter de mandatario de la Subsecretaría de Vivienda de la Nación en relación a la centralización y distribución del flujo FONAVI la transferencia al Fiduciario de Garantía de los fondos del Flujo FONAVI que correspondan a esta Provincia en las condiciones allí establecidas.

Que el...

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