Decreto N° 690

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Junio de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVII - Nº 133 CÓRDOBA, 16 de Julio de 20152
Categoría en la localidad de Media Luna Sud -Departamento Río
Primero-, bajo la dependencia de la Dirección General de Nivel
Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, la cual funciona en el
edificio construido para tal fin.
Artículo 2º. EL presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 668 VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 671 VIENE DE TAPA
Categoría en la localidad de Villa Gutiérrez -Departamento
Ischilín, bajo la dependencia de la Dirección General de Nivel
Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, la cual funciona en
el edificio construido para tal fin.
Artículo 2º.EL presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º.PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Categoría en la localidad de Gutemberg -Departamento Río
Seco-, bajo la dependencia de la Dirección General de Nivel
Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, la cual funciona en
edificio propio construido para tal fin.
Artículo 2º.EL presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º.PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 690 Córdoba, 29 de junio de 2015.-
VISTO: La Nota N° DEIP01-121081050-414, del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que se tramita en autos, la aprobación de un contrato de comodato
celebrado entre la Dirección General de Nivel Inicial y Primario
dependiente del Ministerio de Educación -en carácter de comodante-
y el Párroco Germán ALASSIA, Presidente de la Comisión de la
Capilla Nuestra Señora de la Merced de Colonia Bella Vista -
Departamento Tercero Arriba-, en carácter de comodatario.
Que por el referido contrato, el comodante cede en calidad de
préstamo de uso al comodatario, instalaciones correspondientes a
un inmueble, donde funcionaba la Escuela de Nivel Primario “24
DE SEPTIEMBRE” de Colonia Bella Vista (Tancacha) -
Departamento Tercero Arriba-, dependiente de la mencionada
Dirección General, para el desarrollo de actividades pastorales de
la Parroquia, con vigencia a partir del 21 de noviembre de 2013 y
hasta el 21 de noviembre de 2016.
Que obra en autos el contrato de que se trata, donde surgen los
derechos y obligaciones que asumen las partes, adecuándose a
los extremos exigidos por el artículo 2255 y concordantes del
Que en consecuencia, procede en esta instancia convalidar la
ocupación llevada a cabo y aprobar el contrato de que se trata, al
no existir impedimentos desde el punto de vista jurídico-formal y por
constituir un acto de buena administración a título gratuito.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 1114/14, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 000004/15 y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.-CONVALÍDASE el contrato de comodato, celebrado
entre la Dirección General de Nivel Inicial y Primario,
dependiente del Ministerio de Educación, -en carácter de
comodante- y el Párroco Germán ALASSIA (M.I. N°22.940.393) -
en carácter de comodatario, por el cual el Estado Provincial cede a
este último, en calidad de préstamo de uso, instalaciones
correspondientes a un inmueble, donde funcionaba la Escuela de
Nivel Primario “24 DE SEPTIEMBRE” de Colonia Bella Vista
(Tancacha) -Departamento Tercero Arriba-, dependiente de la citada
Dirección General, para el desarrollo de actividades pastorales de
la Parroquia, a partir del 21 de noviembre de 2013 y hasta la fecha
de este dispositivo legal y APRUÉBASE con vigencia a partir de la
fecha mencionada en el último término y hasta el 21 de noviembre
de 2016 y en las condiciones que se estipulan en el contrato que
como Anexo I con tres (3) fojas, forma parte del presente Decreto.
Artículo 2°.-El presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/QwOIYd
Córdoba, 29 de junio de 2015.-
VISTO: El Expediente Nº 0109-105539/11 del Registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran antecedentes relacionados con la creación de una
Escuela de Nivel Inicial de Tercera Categoría en Pozo Nuevo
-Departamento Sobremonte-, bajo la dependencia de la Dirección
General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-.
Que tal iniciativa se fundamenta en la necesidad de brindar dicho
servicio educativo a una significativa población escolar perteneciente
a familias afincadas en el sector.
Que por Resolución N° 0795/13, emanada por la citada Dirección
General, se dispone -ad referéndum- de la superioridad- la
desanexación del servicio en cuestión, como así también se impulsa
la creación del mismo.
Que obra en autos la Resolución N° 163/12 de la Inspección
General de la citada Dirección General, otorgando un (1) cargo de
Director Escuela Primaria de Tercera, del Presupuesto General de
la Provincia en vigencia, necesario para el funcionamiento como
unidad educativa independiente.
Que surge de lo actuado en autos que el nuevo servicio educativo
desarrollará sus actividades en instalaciones correspondientes a la
Escuela de Nivel Primario “FRANCISCO PERITO MORENO” de
Pozo Nuevo -Departamento Sobremonte-
Que teniendo en cuenta los informes favorables de las oficinas
técnicas intervinientes, resulta procedente en esta instancia acceder
a lo procurado, al amparo de lo establecido en los arts. 4° y 5° y
concordantes de la Ley Nº 9870.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 0880/14, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 0506/2015 y en uso de sus atribuciones
constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º. CRÉASE una Escuela de Nivel Inicial de Tercera
Categoría en Pozo Nuevo -Departamento Sobremonte-, bajo la
dependencia de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario
-Ministerio de Educación-, la cual desarrollará sus actividades en la
Escuela de Nivel Primario “FRANCISCO PERITO MORENO” de
la citada localidad.
Artículo 2º.EL presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3°.PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 673 Córdoba, 29 de junio de 2015.-
VISTO: El Expediente Nº 0110-92754/1999 y su agregado por
cuerda floja N° 0110-096800/2001, del Registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el referido Ministerio impulsa la
creación de un Instituto Provincial de Educación Media en San
Javier -Departamento San Javier-, bajo la dependencia de la
Dirección General de Educación Secundaria, y sobre la base de
divisiones de ese nivel de enseñanza que funcionaban como Anexo
a la Escuela Normal Superior “DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD”
de Villa Dolores, dependiente de la referida Dirección General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del
servicio educativo en el sector en cuestión y su zona de influencia,
del cual surge la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en
el mismo, dentro del marco de las políticas educativas imperantes,
que apuntan a garantizar la igualdad de oportunidades para el

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