Decreto N° 1994/07
Firmantes | Telerman-Beros-Schiavi |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 6 de Diciembre de 2007 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1994/ 07
SE RATIFICA EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y AUTOPISTAS URBANAS SA. Y PUNTA CARRASCO SA.
Buenos Aires, 06/12/2007
Visto el Decreto N° 1.721/04 (B.O. N° 2035), el Convenio N° 22/04 y el Expediente N° 64.095/99 e incorporados, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante Decreto N° 1.721/04, otorgó a la empresa Autopistas Urbanas S.A., la concesión de obra pública de las autopistas y vías interconectadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de los artículos 1°, 4°, inc. b), y 5° de la Ley Nacional N° 17.520, modificada por la Ley N° 23.696, por el plazo de 5 (cinco) años;
Que en el Anexo I de dicho decreto se previó un plan de obras viales;
Que por el artículo 6° de la mencionada norma se designó a la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento como autoridad de aplicación de la concesión de obra pública otorgada, facultándola para actualizar el desarrollo técnico y el plan de obras e inversiones incluidas en la misma;
Que por Decreto N° 350/06 (B.O. N° 2416), el Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas asumió las misiones de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento;
Que el citado Convenio N° 22/04 contempla la necesidad de adecuación de la vialidad de la zona del Aeropuerto Metropolitano Jorge Newbery al proyecto de desarrollo urbano, vial y aeroportuario y en particular a la etapa, en ejecución, que involucra las obras de extensión de la pista 13-31 en su cabecera sur;
Dicha extensión conlleva una ampliación de las superficies de seguridad en las cuales se limita tanto la ubicación como la altura de infraestructura que pueda resultar un obstáculo para la aproximación o despegue de aeronaves;
En tal sentido, y en el marco del nuevo layout del aeroparque, un tramo de la actual Av. Costanera, cercana a la cabecera sur, queda dentro de la nueva franja de seguridad lindante a la pista en la cual no puede haber ningún tipo de vialidad ajena a la operación propia interna del aeroparque;
Que se torna indispensable ejecutar una variante de Av. Rafael Obligado que eluda la mencionada zona de seguridad y que, a su vez, se planifique en armonía con la nueva vialidad del proyecto enmarcado en el Convenio N° 22/04 en su conjunto, con el fin de optimizar costos y minimizar tiempos de ejecución de las obras e impacto sobre los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba