Decreto N° 1275/06
Firmantes | Telerman-Cerruti-Nielsen |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 28 de Agosto de 2006 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1275/ 06
MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES - CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE CIUDADANÍA PORTEÑA, DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE CIUDADANÍA PORTEÑA, DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE PROMOCIÓN DEL VOLUNTARIADO Y LA SOCIEDAD CIVIL - CREACIÓN - SUPRIME DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ALIMENTARIA - TRANSFIERE EL PROGRAMA DE APOYO A GRUPOS COMUNITARIOS - TRANFERENCIA
Buenos Aires, 28/08/2006
Visto las Leyes Nros. 1.925 y 1.878, el Decreto N° 350/06, y el Expediente N° 24.130/06, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1.925 determina que el despacho de los negocios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires está a cargo de once (11) Ministerios, entre ellos, el Ministerio de Derechos Humanos y Sociales;
Que por el Decreto N° 350/06 se ha aprobado la estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de la experiencia en la gestión de gobierno surge la necesidad de realizar modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, a fin de afianzar y fortalecer la implementación y desarrollo de los programas destinados a llevar adelante las políticas públicas asignadas a dicha jurisdicción;
Que conforme el Decreto N° 350/06, en la órbita del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales se encuentra la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria;
Que las Direcciones Generales de Política Alimentaria y de Promoción del Voluntariado y la Sociedad Civil, dependen de la mencionada Subsecretaría;
Que por Ley N° 1.878 se creó el Programa Ciudadanía Porteña. Con todo derecho, que en su artículo 12 dispone que la Secretaría de Desarrollo Social o el organismo que en el futuro la reemplace es la autoridad de aplicación de la ley mencionada;
Que la promulgación de la Ley N° 1.878 supone el reconocimiento de un derecho universal que resulta una política superadora del Programa Asistencia Alimentaria Directa a Familias;
Que la eliminación del Programa Asistencia Alimentaria Directa a Familias será realizada de modo gradual a efectos de garantizar que ningún requirente sea privado del beneficio hasta tanto reúna los requisitos necesarios para ser incluido en el Programa Ciudadanía Porteña. Con todo derecho;
Que se entiende conveniente la transferencia...
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